Ver Resolucion “R.R.A. p.s.a. Lesiones Leves Calificadas por haber mediado relación de pareja (hecho nominado primero); Desobediencia a la autoridad (hecho nominado segundo) Amenazas Simples (hecho nominado tercero) en Concurso Real, en calidad de autor”.

Codigo0036
Titulo“R.R.A. p.s.a. Lesiones Leves Calificadas por haber mediado relación de pareja (hecho nominado primero); Desobediencia a la autoridad (hecho nominado segundo) Amenazas Simples (hecho nominado tercero) en Concurso Real, en calidad de autor”.
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SumarioNo asignado
SintesisEl Juzgado Correccional Nº 3, condenó al acusado por los delitos de lesiones leves calificadas por haber mediado relación de pareja (H.N.1); desobediencia a la autoridad (H.N.2) y amenazas simples (H.N. 3) en concurso real, a una pena de prisión en suspenso. Habiéndose acreditado la participación punible del acusado, al momento de la determinación de la pena, el tribunal tuvo en cuenta el disvalor de sus motivaciones. Surge de la prueba que, movió al acusado los celos como manifestación de posesión y control sobre la víctima que la percibe como pertenencia. En razón de los compromisos asumidos por el Estado en materia de género ordenó tratamiento psicológico para modificar comportamientos violentos como medida de conducta.
TextoRESUELVO: 1°) Declarar culpable a R.A.R., de condiciones personales relacionadas en autos, como autor penalmente responsable de los delitos de LESIONES LEVES CALIFICADAS POR HABER MEDIADO RELACIÓN DE PAREJA (H.N.1); DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD (H.N.2) Y AMENAZAS SIMPLES (H.N.3), EN CONCURSO REAL, EN CALIDAD DE AUTOR, en perjuicio de B.V.S., por los que viene incriminado (arts. 89 en función de los arts. 92 y 80 inc. 1°; 239; 149 Bis, primer párrafo, primer supuesto, 55 y 45 del Código Penal), condenándolo en consecuencia a sufrir una pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso (arts. 26, 40, 41 y cctes. del Código Penal, y arts. 407, 409 y correlativos del CPP). 2º) Ordenar que R.A.R., fije residencia y se someta al cuidado del Patronato de Liberados una vez por mes y por el término de tres años (art. 27 bis inc. 1º del Código Penal). 3º) Ordenar que, R.A.R., por idéntico termino, se abstenga de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas (art. 27 bis, inc, 3° del Código Penal). 4°) Ordenar que, por idéntico término, R.A.R., se abstenga de mantener cualquier tipo de contacto, directo, indirecto o por redes sociales con la víctima B.V.S., salvo lo estrictamente necesario para asegurar el contacto y la asistencia de los hijos menores de edad en común (art. 27 bis, inc. 2° del Código Penal). 5°) Ordenar que, previo informe que acredite su necesidad y eficacia emitido por profesionales de la salud pública, R.A.R. se someta a un tratamiento psicológico tendiente a evitar la reiteración de conductas violentas como la que fuera materia de juzgamiento (art. 27 bis inc. 6º del Código Penal). 6º) Ofíciese al Jefe de Policía de esta provincia a efectos que, hasta tanto quede firme la presente Sentencia, arbitre los medios necesarios para el resguardo de la integridad física de B.V.S., domiciliada en XXX, Dpto. Capayán, provincia de Catamarca, procurando recorridos, vigilancia y visitas a su domicilio, lugar de trabajo y lugares donde concurre de manera frecuente. 7º) Por secretaría notifíquese a la víctima del delito B.V.S. (art. 94 inc. 2 del CPP). 8º) Con costas a cargo del imputado (arts. 535, 536, 537 y cctes. del CPP). 9º) Protocolícese, hágase saber, ofíciese a la División de Antecedentes Personales de la Policía de la Provincia, al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, al Patronato de Liberados, y al Colegio de Abogados de la Provincia (Acordada Nº 1280/64). Firme, remítanse al Juzgado de Ejecución Penal que por turno corresponda y ejecutoríese. FIRMADO: Dr. Ricardo Javier Herrera – Juez Correccional de Tercera Nominación- Ante mí: Dr. Edgardo Jorge Acuña –Secretario-.
Fecha2021-06-01
CircunscripciónPrimera Circunscripción Capital
InformanteJuzgado Correccional de 3° Nominación
CategoríaPenal
TipoNo asignado
ProvinciaCatamarca
DepartamentoCapital
LocalidadSan Fernando del Valle de Catamarca

Estandares y Subestandares