Buscar Resoluciones

Opcionalmente, puede ingresar un operador de comparación (<, <=, >, >=, <> or =) al comienzo de cada uno de los valores de búsqueda para especificar cómo debería ser hecha la comparación.

Búsqueda Avanzada
Viendo 121-127 de 127 resultados.
CodigoTituloSintesisTexto 
 
0007“M.J.E p.s.a. Coacción en calidad de Autor – Fray M. Esquiú, Catamarca”El Juzgado Correccional de Nº 3, declaró al acusado, responsable del delito de abuso sexual simple. Habiéndose acreditado suficientemente la participación culpable del acusado en el hecho, al momento de la determinación de la pena, el tribunal tuvo en cuenta como circunstancia particularmente agravante las distin-tas violencias contra la mujer ejercida por el acusado. Ello en el marco de los compromisos internacionales asumidos por el Estado para garantizar el derecho de la mujer a una vida sin violencia. RESUELVO: 1º) Declarar culpable a J. E.M., de condiciones personales relacionadas en autos, como autor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE, en perjuicio de M.D.I.N., por el que viene incriminado (art. 119 primer párrafo y art. 45 del Código Penal -Ley 25.087-), condenándolo en consecuencia a sufrir una pena de dos años de prisión en suspenso (arts. 26, 40, 41 y cctes. del Código Penal, y arts. 407, 409 y correlativos del CPP). 2º) Ordenar que J. E.M., fije residencia y se someta al cuidado del Patro-nato de Liberados una vez cada dos meses y por el término de tres . . .Ver
0006“E.R.D p.s.a –Lesiones leves en calidad de autor – Suspensión de Proceso a prueba” El Juzgado Correccional Nº 3, resuelve no hacer lugar a la solicitud de Suspensión del Proceso a Prueba, en razón de que el hecho refiere una situación de violencia de género. Lo dicho en virtud de los Tratados incorporados a la Constitución Nacional, citando particularmente la doctrina del fallo Góngora.RESUELVO: 1º) No hacer lugar a la solicitud de Suspensión del Proceso a Prueba efectuado por el Dr. JRB (h), en su carácter de abogado defensor del imputado ERD, por resultar improcedente (art. 76 bis y cctes. del Código Penal). 2º) Prosiga la causa según su estado. 3º) Sin costas (arts. 537 y concords. del CPP). 4°) Protocolícese y notifíquese. FIRMADO: Dr. Ricardo Javier Herrera – Juez Correccional de Tercera Nominación-. Ante mí: Dr. Edgardo Jorge Acuña –Secretario-. Ver
0005 “N.C.R PSA violación de domicilio, dos hechos en concurso real, en calidad de autor - fiscal de instrucción nº 5 s/audiencia de prisión preventiva en expte. “X” Nº XXX/21” El Juzgado de Control de Garantías Nº 1, hizo lugar al pedido de prisión preventiva de la Fiscalía de instrucción por el delito de delito de Violación de Domicilio, dos hechos en concurso real, en calidad de autor, ya que en atención a las exigencias del contexto de violencia de género, resultaba necesaria a los fines de asegurar la realización del juicio. Ello en consecuencia de los compromisos internacionales asumidos por el Estado en la materia. RESUELVO: I) Dictar la Prisión Preventiva del encartado CRN, (art. 292, 294 y cctes. del Código Procesal Penal), de condiciones personales ya relacionadas en autos, a quien se le atribuye la supuesta comisión del delito de Violación de Domicilio, dos hechos en concurso real, en calidad de autor (Arts. 150, 55 y 45 del C.P.). IIº) Protocolícese, hágase saber y firme, vuelva a origen.- ANTE MÍ: Ver
0004“M.P.E.R p.s.d.d. Amenazas simples en calidad de autor - Fiscalía de Instrucción Penal Nº 2 s/Citación a Juicio en Expte. “X” Nº XXX/19” El Juzgado de Control de Garantías Nº 1, rechazó la oposición de la defensa al dictamen fiscal de elevación a juicio de un imputado por el delito de amenazas simples en calidad de autor. Ello, en razón del contexto de violencia de género atento al cual, la debida diligencia exige una particular valoración de la prueba, conforme los compromisos en la materia asumidos por el Estado. RESUELVO: Iº) No hacer lugar al planteo de Oposición al Requerimiento de Citación a Juicio formulado por la Dra. Mariana Vera, abogada defensora del imputado ERMP. IIº) Rechazar el pedido de sobreseimiento solicitado a su favor y, en consecuencia, en los términos del art. 353 y concs. del Código Procesal Penal, disponer la Elevación a Juicio de éstos rubrados por ante el Juzgado Correccional que por turno corresponda a los fines de la citación a juicio de ERMP de condiciones personales ya relacionadas en autos, como probable responsable penal del delito de Amenazas simples en calidad de . . .Ver
0003“S.F.A p.s.d.d. Lesiones leves calificadas por mediar una relación de pareja en calidad de autor – Fiscal de Instrucción Nº 8 s/ Sobreseimiento en Expte. “X” Nº XX/20”El Juzgado de Control de Garantías Nº 1, rechazó el pedido de sobreseimiento de un imputado por los delitos de lesiones leves calificadas por mediar relación de pareja en calidad de autor, en atención al contexto de violencia de género y las exigencias de la debida diligencia conforme los compromisos internacionales asumidos por el Estado en la materia. RESUELVO: Iº) No hacer lugar a la solicitud de Sobreseimiento formulada por la Sra. Agente Fiscal de Instrucción Nº 8 Dra. Miryan Josefina López a favor de FAS a quien se le atribuye la supuesta del delito de Lesiones Leves Calificadas por mediar una relación de pareja en calidad de autor, previsto y penado por los Arts. 89 en función del 92, 80 inciso 1º y 45 del C. P.), conforme a lo explicitado en los considerandos de este decisorio. IIº) Protocolícese, hágase saber y elévense las presentes actuaciones a la Fiscalia General en lo Penal a los fines previstos por el art. 344 del C.P.P. ANTE . . .Ver
0002“Denuncia de A.E.F c/ F.R.C”El Juzgado de Control de Garantías Nº 4, hizo lugar al pedido de prisión pre-ventiva de la Fiscalía de instrucción por los delitos de Lesiones leves califica-das por mediar una relación de pareja previa (hecho nominado primero) y coacción (hecho nominado segundo) y daños (hecho nominado tercero) en Concurso Real en calidad de autor, en atención a las exigencias interpretati-vas que el contexto de violencia de género imprime a las manifestaciones pos-teriores al hecho por parte de la víctima. Ello en consecuencia de los compro-misos internacionales asumidos por el Estado en la materia. . . .RESUELVO: I)- Dictar la prisión preventiva del imputado FRC D.N.I. N° XXXXXX, cuyos demás datos filiatorios obran en autos, por la probable comisión de los delitos de Lesiones leves calificadas por mediar una relación de pareja previa (hecho nominado primero) y coacción (hecho nominado segundo) y daños (hecho nominado tercero) en Concurso Real en calidad de autor, previstos y penados por el Art. 89° en función del Art. 92 Y 80 Inc. 1ro, 149° bis 2do Párra-fo y 183° 55° Y 45° del CP, en atención a los considerandos que antecede y de conformidad a lo normado por el art. 292 del . . .Ver
0001“G.F.G p.s.a lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pa-reja (hecho nominado primero) y Coacción (hecho nominado segundo), Amenazas simples (hecho nominado tercero), y Lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado cuarto), todo en concursoEl Juzgado de Control de Garantías Nº 4, en juicio abreviado inicial condenó al acusado por los delitos de lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado primero) y Coacción (hecho nominado segundo), Amenazas simples (hecho nominado tercero), y Lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado cuarto), todo en concurso real y en calidad de autor, a una pena privativa de la libertad. Ello al entender procedente el acuerdo de las partes, conforme el cual se tiene especial consideración al contexto de violencia de género . . .RESUELVO I)- Declarar culpable a FGG, DNI nºXXXX, de restantes condiciones personales obrantes en la causa, como autor penalmente responsable de deli-tos de Lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado primero), Coacción (hecho nominado segundo), Amenazas Simples (hecho nominado tercero) y Lesiones leves calificada por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado cuarto), todo en concurso real y en calidad de autor, figuras previstas y penadas en los Arts. 89° en fun-ción del art. 89° en función del art 92°, y 80 inc. 1º, 149º bis 2º . . .Ver