Ver Resolucion Suplicatoria Dra. Virginia Duarte Acosta s/Audiencia de Prisión Preventiva del imputado A.J.C. en relación causa Expte. Fisc. Letra "X" N°***/2024

Codigo168
TituloSuplicatoria Dra. Virginia Duarte Acosta s/Audiencia de Prisión Preventiva del imputado A.J.C. en relación causa Expte. Fisc. Letra "X" N°***/2024
Archivo4622455-10-2025_Setencia 221.pdf
SumarioNo asignado
SintesisEl MPF solicita se disponga el encierro preventivo contra el acusado por el hecho de homicidio calificado por haberse cometido contra una persona con la cual mantiene una relación de pareja y por femicidio El Juzgado de Control de Garantías, Laboral y Penal Juvenil con asiento en Recreo, hizo lugar al requerimiento de la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva del imputado. Al momento de ponderar la participación punible del imputado en el hecho el Tribunal señaló que surge de la investigación un contexto de “violencia económica, sexual, física, en la que se veía inmersa” la víctima. Recientemente ella “había decidido (…) no someterse más, salir de esa vida en la que estaba desde los 13 años de edad”. Que para el imputado ella “siempre fue su objeto y propiedad, por lo que si no estaba con él no iba a estar con nadie”, siendo la decisión de la mujer lo que determino la conducta femicida. DERECHO A LA VIDA SIN VIOLENCIA Femicidio V. física V. económica y patrimonial V. doméstica
TextoRESUELVO: 1.- RECHAZAR la CAUSAL DE INIMPUTABILIDAD (Art. 34 inc. 1 0 del CP) y Oposición formulada por el Sr. Defensor Oficial S/L del imputado- Dr. Manuel Antonio Nieto Ortíz, por los considerandos expuestos supra. II.- HACER LUGAR a la solicitud de PRISIÓN PREVENTIVA solicitada por la Srta. Fiscal de Instrucción de esta circunscripción Judicial de Recreo en relación al imputado: J.C.A. DNI N ******** PRIO AG 225.046, cuyos demás datos ya se encuentran filiados en autos como posible autor del delito de HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO POR HABER MEDIADO UNA RELACIÓN DE PAREJA y POR FEMICIDIO previsto y penado por el Art. 80 inc. 1 y 11, 54 y 45 Código Penal del Código Penal, conforme los cpnsiderandos vertidos. En consecuencia, procédase al inmediato traslado del imputado al Servicio Penitenciario de Miraflores Dpto. Capayán quedando a cargo el diligenciamiento de oficios, designación de personal policial que procederá a practicar tal medida, día y hora a cargo de la Sra. Agente Fiscal de Instrucción de ésta Circunscripción Judicial III- Protocolícese, notifíquese, ofíciese y oportunamente vuelva a origen.-
Fecha2024-08-07
CircunscripciónSexta Circunscripción Recreo
InformanteJuzgado de Control de Garantía, Laboral y Menores
CategoríaPenal
TipoNo asignado
ProvinciaCatamarca
DepartamentoLa Paz
LocalidadNo asignado

Estandares y Subestandares