Sintesis | Los propietarios de un inmueble interponen interdicto para recobrar la posesión de una porción uno mayor adquirido en 1971, del que es parte.
El Juzgado Civil, Comercial y de Familia de Santa María no hizo lugar a la acción y ordenó levantar la medida cautelar de no innovar
La jueza puntualiza que la demandante no probó la efectiva posesión del bien, mientras que quedó acreditada, no sólo la remota ocupación por parte de la demandada y su hijo, sino que se trata de “(…) una mujer, ancianas, miembro de una comida originaria de Famabalasto, y en estado de vulnerabilidad”. Señala que son estos “actos de violencia de tipo económica” pues “(…) pretender recobrar las tierras que la misma detenta, privándola de su medio de subsistencia, y de su relación ancestral con la misma”
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Texto | RESUELVO: I) NO HACER LUGAR AL INTERDICTO DE RECOBRAR LA POSESIÓN, presentado por el Sr. R. E. L. DNI N ********, S. U. L. DNI N ********, N. C. L. DNI N ********, con el patrocinio letrado del Dr. C. D. L., en contra de la Sra. F. J. C. D.N.I. N ********, J. A. C., y/o contra cualquier otro ocupante, por todo lo expuesto en los considerandos de la presente Sentencia. En consecuencia, levántese la medida cautelar de No Innovar. -
III) Hacer lugar a la opositor al progreso de la acción formula por los Terceros Intervinientes Comunidad Originaria de Famabalasto, perteneciente al Pueblo Diaguita Calchaquí, en los términos del Art 90 Inc. 1) del C.P.C.C.P., en consecuencia instar que los mismos, actores, demandados, terceros intervienes, junto al Gobierno de la Provincia de Catamarca, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas UNAI, efectúen en forma administrativa, el relevamiento técnico-jurídico-catastral de las tierras que en forma tradicional, actual y pública ocupan la Comunidad originaria de Famabalasto pertenencia al pueblo Diaguita Calchaquí, y oportunamente otorgue Título de las mismas.-
IV) Costas por el orden causado, conforme lo considerado, difiriendo la regulación de honorarios hasta la reposición del sellado de ley, y encontrarse con base firme para tal fin. -
V) Protocolícese, notifíquese y luego que sea archívese. -
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