Codigo | 148 |
Titulo | L.N.E. C/ C.P.P. Y R.M.E. S/ ALIMENTOS |
Archivo | 3289932-09-2024_Sentencia 043-2023 L.N.E. C C.P.P. Y R.M.E. S ALIMENTOS.pdf |
Sumario | No asignado |
Sintesis | Luego de diferentes interpelaciones judiciales por alimentos al padre de la hija en común sin resultados, una mujer promovió acción de alimentos en representación de su hija en contra de los abuelos paternos. En el ejercicio del patrocinio de la demandada el profesional procedió con descalificaciones contra la actora vinculada a su género.
El Juzgado de familia fijó la cuota alimentaria al abuelo paterno y por sus conductas procesales una multa conjunta a los demandados y a su abogado, y la formación obligatoria en materia de género para el profesional.
El Tribunal entendió como violencia económica, el que los alimentos pesen de forma diferencial sobre las mujeres, la accionante “luego de diferentes intimaciones (…) llegó hasta aquí luego de aproximadamente diez años (…) con el desgaste (…) que ello implica, solamente con el objeto de lograr que sean cubiertas las necesidades de su hija, una persona menor de edad.”; “(…) colocan a la mujer en un estado de vulnerabilidad teniendo que cubrir sola todas las cargas económicas y domésticas” Asimismo, refiere “(…) necesario identificar estas conductas estereotipadas” toda vez que la materia que se trata “(…) no tienen por qué ventilarse cuestiones que hacen o hacían a la vida privada de la pareja, ni a los aspectos psicológicos de cualquiera de las partes, o a cuestionar si la actora se encuentra apta para ejercer su rol de madre (…) o qué comportamientos tuvo la actora.”, siendo esto base de la multa y formación en género.
|
Texto | FALLO:
I).- HACER LUGAR A LA ACCIÓN entablada por la Sra. L.N.E., DNI Nº*********, con domicilio real en xxxxx de esta ciudad capital en representación de su hija menor de edad, S.E.C.L. DNI Nº*********.--------------------------------------
II).- FIJAR como CUOTA ALIMENTARIA DEFINITIVA, desde la interposición de la presente demanda a favor de su nieta, S.E.C.L. DNI Nº ******** la suma correspondiente al 10 % de los ingresos que por todo concepto percibe el Sr. C.P.P. DNI Nº********, con domicilio en xxxxx de esta ciudad Capital. Dicha suma de dinero deberá ser mensualmente depositada por el demandado en la Sección Depósitos Judiciales del Banco de la Nación Argentina, a la orden de este Juzgado y como perteneciente a la presente causa, para ser retirada por la Sra. L.N.E., con la sola presentación de su DNI.-----------
III).- DISPONER el CESE de la CUOTA ALIMENTARIA PROVISORIA fijada mediante proveído de fecha 17 de agosto de 2021 (fs. 47).--------------------
IV).- HACER LUGAR a la multa solicitada, como sanción por la conducta desplegada en el proceso y las afirmaciones deducidas en las pretensiones y defensas, ya que las mismas no son coincidentes con los estándares legales vigentes en materia de perspectiva de género y de niñez, por lo cual la multa se fijará en el valor que corresponda a un 10 % del sueldo básico de un juez de primera instancia, la cual deberá ser abonada por el letrado patrocinante Dr. I.S. junto con la parte demandada Sres. M.E.R. y C.P.P. en forma solidaria. Asimismo deberá el letrado mencionado realizar las capacitaciones pertinentes en el Marco de la Ley Micaela a los fines de adecuar en lo sucesivo sus estrategias en los litigios a los parámetros legales constitucionales y convencionales referenciados en los considerandos. ----------------------------------------------------------------------------
V).- Costas al Alimentante. --------------------------------------------------------------
VI).- Diferir la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto exista base firme para ello.-------------------------------------------------------------------------------
VII).- Notifíquese al Ministerio de Menores.-----------------------------------------
VIII).-Protocolícese, notifíquese y oportunamente archívese.------------------
|
Fecha | 2024-05-12 |
Circunscripción | Primera Circunscripción Capital |
Informante | Juzgado de Familia N°1 |
Categoría | Familia |
Tipo | No asignado |
Provincia | Catamarca |
Departamento | Capital |
Localidad | San Fernando del Valle de Catamarca |