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| Codigo | Titulo | Sintesis | Texto | |
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| 0002 | “Denuncia de A.E.F c/ F.R.C” | El Juzgado de Control de Garantías Nº 4, hizo lugar al pedido de prisión pre-ventiva de la Fiscalía de instrucción por los delitos de Lesiones leves califica-das por mediar una relación de pareja previa (hecho nominado primero) y coacción (hecho nominado segundo) y daños (hecho nominado tercero) en Concurso Real en calidad de autor, en atención a las exigencias interpretati-vas que el contexto de violencia de género imprime a las manifestaciones pos-teriores al hecho por parte de la víctima. Ello en consecuencia de los compro-misos internacionales asumidos por el Estado en la materia. . . . | RESUELVO: I)- Dictar la prisión preventiva del imputado FRC D.N.I. N° XXXXXX, cuyos demás datos filiatorios obran en autos, por la probable comisión de los delitos de Lesiones leves calificadas por mediar una relación de pareja previa (hecho nominado primero) y coacción (hecho nominado segundo) y daños (hecho nominado tercero) en Concurso Real en calidad de autor, previstos y penados por el Art. 89° en función del Art. 92 Y 80 Inc. 1ro, 149° bis 2do Párra-fo y 183° 55° Y 45° del CP, en atención a los considerandos que antecede y de conformidad a lo normado por el art. 292 del . . . | ![]() |
| 0001 | “G.F.G p.s.a lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pa-reja (hecho nominado primero) y Coacción (hecho nominado segundo), Amenazas simples (hecho nominado tercero), y Lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado cuarto), todo en concurso | El Juzgado de Control de Garantías Nº 4, en juicio abreviado inicial condenó al acusado por los delitos de lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado primero) y Coacción (hecho nominado segundo), Amenazas simples (hecho nominado tercero), y Lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado cuarto), todo en concurso real y en calidad de autor, a una pena privativa de la libertad. Ello al entender procedente el acuerdo de las partes, conforme el cual se tiene especial consideración al contexto de violencia de género . . . | RESUELVO I)- Declarar culpable a FGG, DNI nºXXXX, de restantes condiciones personales obrantes en la causa, como autor penalmente responsable de deli-tos de Lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado primero), Coacción (hecho nominado segundo), Amenazas Simples (hecho nominado tercero) y Lesiones leves calificada por haber mediado una relación de pareja (hecho nominado cuarto), todo en concurso real y en calidad de autor, figuras previstas y penadas en los Arts. 89° en fun-ción del art. 89° en función del art 92°, y 80 inc. 1º, 149º bis 2º . . . | ![]() |
| P. A. E.,c_M. M. H_s_divorcio vincular e incidente de revisión de sentencia | Una mujer solicitó revisión de sentencia firme de divorcio. Argumenta que el convenio de liquidación de la sociedad conyugal se celebró en contexto de violencia económica y psicológica ejercida por su ex cónyuge, consolidando una distribución patrimonial profundamente desigual. Además, durante veinte años su demandado incumplió las obligaciones asumidas por el demandado respecto de los bienes adjudicados. El Juez hizo lugar a la revisión de la liquidación de los bienes gananciales y ordenó reabrir esa etapa para efectuar una redistribución equitativa de los bienes con perspectiva . . . | FALLO: I) Declarando la procedencia excepcional de la revisión de la Sentencia Definitiva Nº ** de fecha 22 de agosto de 2005 interpuesta por P. A. E. en contra de M. H. M en lo que respecta a la liquidación de la comunidad ganancial conforme los argumentos dados precedentemente, dejando sin efecto parcialmente la misma en lo que respecta al punto V) c. del Fallo por ser contraria a normas de jerarquía constitucional y comprometer derechos fundamentales de la actora. II) Ordenar la reapertura de la etapa de liquidación a fin de efectuar una redistribución equitativa de los bienes gananciales . . . | ![]() | |
| B.M. D. s/ Violencia de Género | El Ministerio Público Fiscal solicita el archivo de una denuncia por lesiones leves calificadas por el vinculo (art. 89, 92, 80 inc.1° del CP) acontecidas en contexto de violencia de género al haberse cumplido el plazo de prescripción de la acción penal sin verificación de medidas procesales interruptivas previstas por el art. 67 del CP. El Juez hizo lugar al pedido y dispuso el archivo de las actuaciones. Asimismo, ordenó comunicar la resolución y los antecedentes del caso a la Dirección de la Mujer de la Municipalidad de San José, para que intervenga dentro de sus competencias. El . . . | RESUELVO: I) HACER LUGAR al pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL seguida contra B. M. D., en orden al delito de lesiones leves calificadas por el vínculo, previsto y penado por los arts. 89 y 92 en función del art. 80 inc. 1° y 45 del Código Penal. II) DISPONER el ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, en los términos del art. 334 del Código Procesal Penal de la Provincia de Catamarca. III) LIBRAR OFICIO . . . | ![]() |
