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Codigo | Titulo | Sintesis | Texto | |
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0049 | “L.D.L C/ C.C.D.R S/ INCIDENTE DE REDUCCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA” | El Juzgado de Familia Nº 2, rechazó el pedido de reducción de cuota alimentaria, interpuesto por padre contra la progenitora conviviente con el hijo de ambos. Refiere el incidentista que la situación originaria se ha modificado por haber formado nueva familia y tener un niño en esa relación. Se entendió que, la situación tenida en cuenta para fijar alimentos (las necesidades alimentarias del hijo) no se modificaron. Dicha pretensión es esta otra forma de ejercer violencia económica contra la mujer, quien debe afrontar de manera desigual los gastos de la crianza. Asimismo, la atención . . . | POR ELLO, atento a los obrados de autos, derecho y jurisprudencia en la materia, dictamen del Ministerio Público Fiscal y Pupilar; RESUELVO:-------------------------------------------------------------------- I) Rechazar el incidente de reducción de cuota alimentaria, interpuesto por el Sr. D.L.L, DNI Nº XXXXX, en contra de la Sra. C.d.R.C, en todos sus términos, conforme los argumentos expuestos en los Considerandos de la presente. II) Costas al incidentista vencido, conforme lo expuesto en el Considerando N° 7. . . . | ![]() |
127 | R.L.,G.A. Expte. Nº **/17 – R.V.C.R c/ R.L.,G.A s/ Divorcio Vincular Incausado Unilateral s/ Compensación Económica s/ CASACION | En un recurso de casación en que el demandado discute la compensación económica, la Corte de Justicia de Catamarca resolvió confirmar la sentencia de la Cámara. El Tribunal señaló que está probada “(…) la dedicación brindada a la familia, si bien en una etapa no la excluyó de la posibilidad de ejercer su actividad laboral y profesional, en consideración a que trabajó desde el año 2.011 hasta el 2.016, que renuncia al Círculo Odontológico.” Mientras, el demandado trabajó, se desarrolló profesionalmente, incluso ejerciendo cargos de importante jerarquía en la función pública. . . . | RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada a fs. 4/15, en contra de la Sentencia Definitiva N° **, de fecha 03 de noviembre de 2021, dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de Primera Nominación, confirmando la misma en cuanto fuera materia de agravios.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2) Costas por el orden causado.- - - - - - - - - - - - - - 3) Hágase saber a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo . . . | ![]() |
0082 | “G.Y.R c/ G.M.A s/ Filiación y Daños y Perjuicios " | El juzgado Civil, Comercial y de Familia de Santa María, Catamarca hizo lugar a la acción de filiación extramatrimonial, promovida por la actora en representación de su hijo menor de edad y al daño moral producido por la falta de reconocimiento del niño. El Tribunal valoro que, en el momento del hecho, por la edad de la actora no podía entenderse la relación como consentida (violencia sexual), que luego, al momento del embarazo fue difamada en el marco de patrones socioculturales que colocan a la mujer como un objeto desconociendo su dignidad y, finalmente, la negación de contribuir al . . . | ![]() |