CORTE DE JUSTICIA • VIVANCO. Luis Alberto y Otros c. PODER EJECUTIVO PROVINCIAL s/ Acción de Nulidad y Plena Jurisdicción • 30-04-2013

VocesDISCRECIONALES DE LA ADMINISTRACIÓN-LIMITES AL CONTROL JUDICIAL:RAZONABILIDAD-EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA:IMPROCEDENCIA
TextoLos actores en autos, mediante apoderado, entablan demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción en contra del Poder Ejecutivo Provincial a fin de que se declare la nulidad de la Disposición D.P.P. Nº 4753 de fecha 21 de Junio de 2007, emitida por la Dirección Provincial de Personal del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; se deje sin efecto la compensación del Adicional Específico por Servicios Educativos, Culturales, Científicos y Tecnológicos, con el Adicional por Diferencia Escalafonaria y se disponga la liquidación y acreditación de dicho adicional más intereses, en las respectivas cuentas de sueldo de los actores. La jurisdicción y competencia de este Tribunal se encuentra habilitada para entender en la presente causa. Por último refiere a que el acto que se cuestiona integra la esfera de atribuciones discrecionales de la Administración y por expresa prohibición del Art.12 del C.C.A., no es dable la revisión judicial. Al respecto cabe recordar que, las atribuciones discrecionales de la Administración tienen su límite en lo que a la revisión judicial atañe en su razonabilidad. Por otra parte en la especie, no es lo censurable la política salarial implementada sino la interpretación de las disposiciones aplicadas. De esta manera, por las razones expresadas, considero que la excepción de incompetencia interpuesta por la demandada debe ser rechazada.

Sumarios

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Definitiva N° 7/13