CORTE DE JUSTICIA • ADEN MONFERRAN, Eduardo (por ADRAS S.R.L.) c. MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA s/ Acción Contencioso Administrativa • 30-11-2009

VocesOBLIGACIONES FISCALES-SOLVE ET REPETE-VALIDEZ CONSTITUCIONAL-DOCTRINA DE LA CSJN: DETERMINACION; ALCANCE
TextoLa doctrina constante de la C.S.J.N., seguida por este Superior Tribunal, sostiene que el requisito del pago previo de la obligación fiscal es válido desde el punto de vista constitucional y no importa por sí mismo una violación de la garantía consagrada en el Art.18 de la Constitución Nacional (Conf.: Fallos 31:103; 101:75; 287:473 entre varios). Asimismo, resulta una postura -hasta la fecha, invariable- de la Corte Federal que la regla del solve et repete no tiene rigurosidad absoluta y cede ante determinadas situaciones patrimoniales de los particulares, en las que además de apreciarse la desproporción que pudiere existir entre la magnitud del tributo y la capacidad económica del afectado, se compruebe en concreto la inexistencia inculpable de los medios económicos necesarios para enfrentar la erogación, de modo de evitar que el requisito del previo pago se traduzca en un real y efectivo menoscabo del derecho de defensa en juicio (Cf.: Fallos 215:225; 247:181; 287:473; 295:314 entre mucho otros)

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 184/09