CORTE DE JUSTICIA • VAZQUEZ, Cristina B. c. - s/ s/ Incidente de Impugnación de Inventario – s/ CASACION”. • 21-11-2017

VocesHechos:
Texto En los términos del art. 751 del CPCC la actora solicitó la modificación de los puntos II y III del inventario practicado en el juicio sucesorio del causante por incluir bienes que no eran de su propiedad por haber sido cedidos a sus hijos. En primera instancia se rechazó la impugnación con sustento en que la incidentista, administradora de la sucesión del causante fue quien presentó dicho inventario y omitió impugnarlo dentro de los cinco días que se lo pone a observación de las partes sino nueve años después. La Alzada ratificó la decisión del Juez de la causa y rechazó la apelación con fundamento en que la pretensión de la incidentista de invalidar el inventario resulta contradictoria con la conducta jurídicamente relevante y eficaz asumida en el proceso sucesorio. Consecuentemente, interpuesto el recurso de casación, la cuestión de autos se circunscribe en analizar y resolver si la sentencia de Cámara incurrió en el vicio de arbitrariedad invocado por la recurrente.

Sumarios

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Sentencia Definitiva N° 15/17