CORTE DE JUSTICIA • JALIL, Rubén Carlos y Otros c. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RIEGO - SECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS - MTRIO. DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PCIA. Y ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 16-11-2017

VocesAmparo por Mora- Reclamo por Suministro de Agua-Jurisdicción y Competencia de la Corte-Informe tardío de la Dirección de Riego- Cuestión Abstracta- Declaración.
Texto Sin perjuicio de que corresponde a la jurisdicción y competencia del Tribunal entender en la presente causa, la acción de Amparo por Mora de la Administración interpuesta por el actor en contra de la Dirección de la Administración de Riego -Secretaría de Recursos Hídricos- Ministerio de Obras Públicas de la Provincia y Estado Provincial, a fin de obtener respuesta al reclamo relacionado con el suministro de agua necesario para la explotación agropecuaria y agrícola en campos de su propiedad, ubicados en la localidad de Huaycama, Departamento Valle Viejo, ha devenido abstracta pues siendo éste el único objetivo de la Acción de Amparo por Mora y toda vez que la Administración a requerimiento de éste Tribunal para que informe circunstanciadamente acerca de los antecedentes del caso y la causa de la demora en pronunciarse, bajo los apercibimientos previstos en el Art.11 de la ley 4795 -modificada por Ley 4850-, ha dado respuesta a la nota presentada por los amparistas mediante el dictado de Disposición D.P.A.R. Nº 411. En consecuencia, toda vez que en el Amparo por Mora se debe estar a la situación real existente al momento de resolver y habiendo emitido la Administración el pronunciamiento por cuya demora se acciona, cabe concluir que la cuestión deviene abstracta y así debe ser declarada. (Del voto del Dr. Cippitelli).

Sumarios

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Definitiva N° 25/17