CORTE DE JUSTICIA • MAMANI, María del Tránsito c. MUNICIPALIDAD AUTÓNOMA DE TINOGASTA s/ Acción Contencioso Administrativa - s/ Recurso Extraordinario”, • 11-08-2017

VocesACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- IMPUGNACIÓN DE LA PRUEBA OFRECIDA POR LA ACTORA- CARENCIA DE ARGUMENTOS JURÍDICOS LA AVALEN- IMPOSIBILIDAD DE DETERMINACIÓN A-PRIORI SOBRE LA PERTINENCIA DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA- RECHAZO DE LA IMPUGNACIÓN.
Texto La pertinencia de la prueba significa que el medio probatorio sea adecuado para el fin propuesto en orden a la pretensión esgrimida, por lo que determinar a priori, sí la misma es conducente o no para la determinación de las circunstancias fácticas invocadas como sustento de la defensa esgrimida contra actos del poder administrador, en esta etapa procesal, resulta prematuro. Más aún si se advierte que la oposición formulada carece de argumentos jurídicos que la avalen, por lo que en nada se entorpece su producción y las consecuencias derivadas de su producción -o no- en el período de prueba, por lo que corresponde no hacer lugar a la impugnación efectuada por la parte demandada.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • MAMANI, María del Tránsito c. MUNICIPALIDAD AUTÓNOMA DE TINOGASTA s/ Acción Contencioso Administrativa - s/ Recurso Extraordinario”, • 11-08-2017
    La pertinencia de la prueba significa que el medio probatorio sea adecuado para el fin propuesto en orden a la pretensión esgrimida, por lo que determinar a priori, sí la misma es conducente o no para la determinación de las circunstancias fácticas invocadas como sustento de la defensa esgrimida contra actos del poder administrador, en esta etapa procesal, resulta prematuro. Más aún si se . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 124/17