CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015

VocesPROCESO PENAL-PRUEBA TESTIMONIAL-TESTIGO ÚNICO-VALORACIÓN POR LA CALIDAD DE LO DECLARADO-FORMACIÓN DE UN CUADRO COHERENTE CON OTROS ELEMENTOS DE JUICIO
TextoEl rito que disciplina el proceso penal no tiene prevista la inhabilidad del testigo único y, en su marco, el valor de la prueba testimonial no está ligado a la cantidad de declarantes sino a la calidad de lo declarado, con arreglo al poder suasorio de los dichos del deponente. Por ello, los dichos de un único testigo no pueden ser desestimados sólo por ese motivo; menos aún si, con otros ele-mentos de juicio, conforma un cuadro coherente que permite reconstruir razonablemente los hechos. No observo tampoco -ni el tribunal a quo lo hizo en la audiencia del debate, ni en el recurso es denunciado- indicador de déficit alguno en la perso-nalidad ni de la integridad moral de la denunciante que autorice dudar de la fideli-dad de ni de la sinceridad de su relato. Por las razones referidas considero que el mérito del tribunal so-bre el testimonio de la víctima como elemento de juicio que concurre a formar su convicción sobre la existencia y circunstancias del hecho por ella anoticiado reposa válidamente, no en la mera y positiva impresión subjetiva que la declarante y sus dichos pudieron causarle al tribunal en la inmediación del debate, sino en los seña-lados datos objetivos que informan sobre su sinceridad. La prueba de credibilidad fue superada claramente por la testigo, en tanto contestó sin evasivas el interrogato-rio al que fue sometida, con respuestas directas, firmes, lógicas y coherentes, no obstante los evidentes errores en los que incurrió. Como señala la recurrente, en el juicio, la damnificada se equivocó en las fechas al decir que la denuncia la hizo en ese momento (el día del hecho) cuando de la denuncia surge que la hizo el día posterior. Sin embargo, cabe admitir que el error es razonable considerando el tiempo transcurrido desde la ocu-rrencia del hecho (más de dos años) y, puesto que no echa sombra alguna sobre la real ocurrencia del hecho, en nada compromete el mérito efectuado en la sentencia impugnada, menos todavía considerando -repito- que el juicio del tribunal a quo sobre la verosimilitud del testimonio en examen también se encuentra sustentado en el informe médico.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
    El Juzgado Correccional declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de Lesiones Leves (art. 89 del CP) a F. y lo condenó a la pena de tres meses de prisión, de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia, la Defensora Penal Oficial, en representación de la persona condenada, interpone este recurso, por inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
    El Juzgado Correccional declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de Lesiones Leves (art. 89 del CP) a F. y lo condenó a la pena de tres meses de prisión, de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia, la Defensora Penal Oficial, en representación de la persona condenada, interpone este recurso, por inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
    El rito que disciplina el proceso penal no tiene prevista la inhabilidad del testigo único y, en su marco, el valor de la prueba testimonial no está ligado a la cantidad de declarantes sino a la calidad de lo declarado, con arreglo al poder suasorio de los dichos del deponente. Por ello, los dichos de un único testigo no pueden ser desestimados sólo por ese motivo; menos aún si, con otros ele-mentos . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
    El Juzgado Correccional declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de Lesiones Leves (art. 89 del CP) a F. y lo condenó a la pena de tres meses de prisión, de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia, la Defensora Penal Oficial, en representación de la persona condenada, interpone este recurso, por inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
    El Juzgado Correccional declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de Lesiones Leves (art. 89 del CP) a F. y lo condenó a la pena de tres meses de prisión, de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia, la Defensora Penal Oficial, en representación de la persona condenada, interpone este recurso, por inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
    El Juzgado Correccional declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de Lesiones Leves (art. 89 del CP) a F. y lo condenó a la pena de tres meses de prisión, de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia, la Defensora Penal Oficial, en representación de la persona condenada, interpone este recurso, por inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica . . .

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Definitiva N° 28/15