CORTE DE JUSTICIA • NO.RU.ZI. S.A c. PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción Contencioso Administrativa • 03-10-2016

VocesACCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA- PEDIDO DE RECUSACIÓN FUNDADO EN EL ART. 30 DEL C.P.C.C- INEXISTENCIA EN EL CASO DE LA CAUSAL ALEGADA- NECESIDAD DE LA PRESERVACIÓN DEL JUEZ NATURAL- RECHAZO DEL PLANTEO REALIZADO.
Texto Con fundamento en la necesidad de velar por el juez natural, corresponde rechazar el planteo recusatorio interpuesto, pues respecto a la recusación por la causal prevista en el Art.30 del CPCC, este Tribunal tiene resuelto que no constituyen adelanto de opinión las consideraciones vertidas por los jueces en otros procesos y en ejercicio de las funciones que le son propias, pues ese pronunciamiento es consecuencia de la actividad jurisdiccional.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • NO.RU.ZI. S.A c. PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción Contencioso Administrativa • 03-10-2016
    Con fundamento en la necesidad de velar por el juez natural, corresponde rechazar el planteo recusatorio interpuesto, pues respecto a la recusación por la causal prevista en el Art.30 del CPCC, este Tribunal tiene resuelto que no constituyen adelanto de opinión las consideraciones vertidas por los jueces en otros procesos y en ejercicio de las funciones que le son propias, pues ese pronunciamiento . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 189/16