CORTE DE JUSTICIA • Bracamonte, Julio Omar c. Juzgado Correccional de Primera Nominación s/ Recurso de Casación interp. p/ Dr. Víctor García en Expte. 119/05 –Bracamonte, Julio Omar –sa. Homicidio culposo • 29-07-2016

VocesHOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO- RECURSO DE CASACIÓN- AGRAVIOS: ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA (art. 454 inc. 1 del CPP)- INOBSERVANCIA DE LAS REGLAS DE LA SANA CRÍTICA EN LA APRECIACIÓN DE LAS PRUEBAS (art. 454 inc. 2 del CPP).-AUSENCIA DEL CARÁCTER DECISIVO DE LOS AGRAVIOS PLANTEADOS- INIDONEIDAD DE LOS FUNDAMENTOS INVOCADOS- RECHAZO DEL RECURSO.
Texto - Del estudio de los argumentos que sustentan la condena dictada por el hecho descripto y los fundamentos invocados en sostén del recurso en tratamiento, concluyo que éstos carecen de idoneidad a los fines de obtener la pretendida modificación de la sentencia, toda vez que la estrategia defensiva del recurrente se desmorona y pierde virtualidad al no demostrar el error que predica, quedando sin sustento las pretensiones referidas a impulsar el rechazo de la acción civil, bajo el único argumento de que no se encuentra probada la responsabilidad penal de Bracamonte en el hecho invocando, por lo demás, agravios genéricos de los cuales, refiere, ampliará sus fundamentos, ampliación que ha omitido efectuar, razón por la cual esta carencia de argumentación en las cuestiones que invoca impide a este Tribunal ingresar al tratamiento de las mismas, motivo por el cual el recurso debe ser rechazado y la sentencia confirmada, en todo lo que fue motivo de agravio. ( Del voto del Dr. Cáceres, al que adhieren los Dres. Cippitelli y Sesto de Leiva).

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • Bracamonte, Julio Omar c. Juzgado Correccional de Primera Nominación s/ Recurso de Casación interp. p/ Dr. Víctor García en Expte. 119/05 –Bracamonte, Julio Omar –sa. Homicidio culposo • 29-07-2016
    - Del estudio de los argumentos que sustentan la condena dictada por el hecho descripto y los fundamentos invocados en sostén del recurso en tratamiento, concluyo que éstos carecen de idoneidad a los fines de obtener la pretendida modificación de la sentencia, toda vez que la estrategia defensiva del recurrente se desmorona y pierde virtualidad al no demostrar el error que predica, quedando sin . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 24/16