CORTE DE JUSTICIA • ADMINISTRACION GENERAL DE RENTAS c. FINCAS DE CATAMARCA S.A.– Ejecución Fiscal s/ RECURSO DE CASACION • 22-03-2010

VocesEJECUCION FISCAL-PRESCRIPCION DE DEUDAS TRIBUTARIAS-CODIGO TRIBUTARIO-INCONSTITUCIONALIDAD-APARTAMIENTO DEL CODIGO CIVIL-TRATAMIENTO MEDIANTE RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA-FUNDAMENTO-INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS DEL CODIGO TRIBUTARIO SOBRE IMPUESTO DE SELLOS: IMPROCEDENCIA-NECESIDAD DE MAYOR DEBATE Y PRUEBA
TextoEn el caso, dos son los planteos de inconstitucionalidad que formula la recurrente; frente a ello aprecio que en relación a la inconstitucionalidad de las disposiciones del Código Tributario que rigen la prescripción, merece el siguiente análisis. Se ha deducido excepción de prescripción de las deudas tributarias, de lo resuelto al respecto queda firme y no puede ser discutido en otra etapa y que es lo que le otorga carácter definitivo al pronunciamiento impugnado. El recurrente alega la prescripción por aplicación del Código Civil y solicita la inconstitucionalidad de lo dispuesto por el Código Tributario. Siendo ello así, entiendo que el apartamiento o la violación de la constitución nacional denunciada, surge del contenido mismo de la norma impugnada por supuestamente, regular la prescripción apartándose de lo dispuesto por las normas civiles al respecto. La pugna entre ambas normas no requiere de pruebas ni es necesario un proceso de mayor conocimiento, en el que a su vez, el tema prescripción resuelto, insisto, queda atrapado bajo los efectos de la cosa juzgada material y no podría ser replanteado, por lo que, el gravamen constitucional invocado podría ser de difícil o imposible reparación ulterior de postergar su tratamiento a un proceso ordinario posterior. Por lo que estimo que en este caso, este planteo debe ser analizado en esta oportunidad. En cambio, no se observan las circunstancias antes referidas que permitan admitir su planteo en este proceso en los argumentos esgrimidos por la recurrente, a efectos de procurar la inconstitucionalidad de las normas del Código Tributario que rigen el Impuesto de Sellos, en tanto su tratamiento requiere de mayor debate y aporte de pruebas y nada impide su posterior replanteo, por lo tanto, corresponde rechazar el planteo de inconstitucionalidad sobre este punto.

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Casación N° 02/10