CORTE DE JUSTICIA • SACAYÁN, José Ramón c. CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA Y ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Plena Jurisdicción • 21-02-2014

VocesFUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-DISCRECIONALIDAD ADMINISTRATIVA-REVISIÓN JUDICIAL:LÍMITES
TextoEl ejercicio de una facultad discrecional no es en principio susceptible de revisión judicial, salvo que el acto se encuentre viciado en alguno de sus elementos y que por ende se instituya como ilegítimo, ya que lo contrario importaría la violación del principio de separación de poderes.

Sumarios

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Sentencia Definitiva N° 5/14