CORTE DE JUSTICIA • ABRAMO, Jorge Luis (en representación de Medio Ambiente S.A.) c. MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE LA CAPITAL s/ Acción de Plena Jurisdicción • 07-02-2012

VocesFUERO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO--CUESTIONES EMERGENTES DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS-LIMITES A LA COMPETENCIA REVISORA DE LA CORTE DE JUSTICIA- DERECHOS RECONOCIDOS POR LA ADMINISTRACION PUBLICA-
TextoNo todas las cuestiones suscitadas en el marco de una relación contractual administrativa quedan comprendidas en el fuero contencioso administrativo, pues en la práctica se presentan casos que no obstante estar insertos y ser una derivación de un contrato administrativo, quedan excluidas de aquel, debiendo ser remitidas al juez con competencia en lo civil y comercial. Se podría pensar en los supuestos específicos de reconocimiento de derechos; como por ejemplo, el cobro de certificados de obra pública, donde el objeto de la pretensión se dirige a hacer efectivo el cobro de una suma de dinero que adeuda algún ente publico; siendo ajeno por ello a la competencia contencioso administrativa, como también quedará excluido del fuero el supuesto donde se reclama el pago de un suma de dinero que ha sido reconocida por el Estado, y no es liquidada o no es formalizada en un titulo que traiga aparejada ejecución, en cuyo caso la causa será de la justicia ordinaria ( de mi voto en autos Corte Nº127/05 “Nieva Héctor Oscar c/ Ministerio de Educación y Cultura y Estado Provincial- Acción de Plena Jurisdicción y Anulación”).- (Del voto del Dr. Cáceres, según su fundamento)

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 2/12