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SENTENCIAS DE CÁMARAS • GOZALVEZ, JOSÉ LUIS c. ARCOR S.A.I.C. s/ DEMANDA LABORAL • 24-02-2021
Confirma también la imposición de la multa del art. 2 porque la trabajadora tuvo que iniciar acción para el reconocimiento de los rubros indemnizables, trámite que transita desde el año 2015 hasta el año 2020, que se pronuncia ésta cámara

SENTENCIAS DE CÁMARAS • RUIZ DIAZ, JORGE SEBASTIAN c. OVIEDO, NAHUEL SEBASTIAN s/ BENEFICIOS LABORALES • 24-02-2021
Urge analizar los aspectos formales que exhibe la pieza procesal recursiva, para corroborar si cumple con los requisitos que exige el art. 107 del CPT. Desde esta perspectiva, observo que los razonamientos que ensaya el recurrente atraviesan el prisma de suficiencia en su pretensión por afectar la validez de la sentencia, toda vez que no se ajusta a argumentar la arbitrariedad y la errónea . . .

SENTENCIAS DE CÁMARAS • RUIZ DIAZ, JORGE SEBASTIAN c. OVIEDO, NAHUEL SEBASTIAN s/ BENEFICIOS LABORALES • 24-02-2021
Las declaraciones de los testigos no ofrecen reparos de incongruencia, por cuanto se trata de ex compañeros del actor, que han tenido conocimiento directo de los hechos, explayándose en la notas tipificantes que caracterizaron la relación de subordinación (cumplimiento de horarios, regularidad de la prestación, tareas que realizaba como albañil, para quién trabajaba) coincidiendo en . . .

SENTENCIAS DE CÁMARAS • RUIZ DIAZ, JORGE SEBASTIAN c. OVIEDO, NAHUEL SEBASTIAN s/ BENEFICIOS LABORALES • 24-02-2021
No puede aplicarse el instituto de la confesión ficta si no consta el acta de celebración de la audiencia confesional, ergo ésta no se llevó a cabo, habiendo presentado la patronal certificado médico a efectos de justificar su incomparencia y proveyendo el Tribunal su no admisión ante la falta de celebración de la absolución, decreto que quedó firme y consentido

SENTENCIAS DE CÁMARAS • RUIZ DIAZ, JORGE SEBASTIAN c. OVIEDO, NAHUEL SEBASTIAN s/ BENEFICIOS LABORALES • 24-02-2021
La aplicación errónea en grado de los apercibimientos del art. 81, llevan al sentenciante a considerar en este punto la procedencia de lo establecido por el art. 55 LCT, más –como se analizó ut supra- no le correspondía expedirse en tal sentido ante la falta de celebración de la audiencia, lo que torna inaplicable la norma de cita así como el art. 388 del CPCC

SENTENCIAS DE CÁMARAS • CODEVILLA, HECTOR SEGUNDO c. s/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y OTRO • 24-02-2021
El remedio procesal intentando, adolece de una tipificación legal en el código de rito, en tanto el art. 273 del CPCC sólo limita ese medio impugnativo a las providencias simples dictadas en esta instancia por el Presidente del tribunal

SENTENCIAS DE CÁMARAS • CODEVILLA, HECTOR SEGUNDO c. s/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y OTRO • 24-02-2021
Los agravios fueron presentados en tiempo y forma encontrándose el caso frente a un yerro procesal cuya génesis era la ausencia de constancias en la causa que acrediten la temporalidad de los agravios en los plazos previstos por el art. 246 del CPCC

SENTENCIAS DE CÁMARAS • CODEVILLA, HECTOR SEGUNDO c. s/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y OTRO • 24-02-2021
La revocatoria in extremis es un recurso de procedencia excepcional y subsidiaria. Con su auxilio se puede intentar suplir ciertos yerros judiciales materiales groseros y evidentes deslizados en un pronunciamiento de mérito -dictado en primera o ulteriores instancias- que no pueden corregirse a través de aclaratorias, y que generan agravios trascendentes para una o ambas partes

SENTENCIAS DE CÁMARAS • CODEVILLA, HECTOR SEGUNDO c. s/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y OTRO • 24-02-2021
Corresponde admitir la expresión de agravios en término y, en consecuencia, revocar in extremis el pronunciamiento emitido por esta instancia, disponiendo que la presente causa continúe tramitando ante esta Alzada según su estado

CORTE DE JUSTICIA • REARTES, Héctor Alfredo c. DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN LABORAL- SUBSECRETARIA DE TRABAJO DEL MTRIO. DE GOBIERNO DE LA PCIA. DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo • 03-03-2021
Corresponde el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Estado con fundamento en carecer la Dirección de Inspección Laboral de personalidad jurídica para estar en juicio, pues, en la acción de amparo se requiere informe circunstanciado a la “autoridad” de la que emanó el acto o hecho impugnado, quien posee legitimidad pasiva para ser demandada en este tipo . . .