Sumarios

Viendo 2501-2510 de 2716 resultados.
Ordenar por:
SENTENCIAS DE CÁMARAS • MIRANDA JUAN DOMINGO c. MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS s/ EJECUTIVO • 27-11-2019
Realizado un cotejo de la causa, señala la Alzada, que no obstante que el decreto de fs…, que establece una medida para mejor proveer es de las que deben notificarse por cedula, encuentra suficientes razones para sostener que ello no es necesario en la causa.

SENTENCIAS DE CÁMARAS • MIRANDA JUAN DOMINGO c. MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS s/ EJECUTIVO • 27-11-2019
Refieren los magistrados, que la presentación de la actora a fs…, solicitando autorización a tramitar el expediente, a la Dra….., implicó el conocimiento cabal del decreto de fs…; cuyo desconocimiento posterior colisiona con el principio de buena fe que debe guiar a las partes y a sus representantes en todo proceso judicial; y es así, porque en el mismo, se ordenaba librar oficio, y . . .

SENTENCIAS DE CÁMARAS • MIRANDA JUAN DOMINGO c. MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS s/ EJECUTIVO • 27-11-2019
La manera inequívoca y efectiva en que la parte tuvo conocimiento del acto, no obstante, los criterios restrictivos con que deben apreciarse las notificaciones implícitas, justifica suplir las formalidades de la notificación personal o por cédula.

SENTENCIAS DE CÁMARAS • AGÜERO, GLADYS ESTHER c. TOMASELLI, MARCELO s/ TERCERÍA DE DOMINIO • 30-05-2019
1- La inadmisibilidad de la tercería de dominio resulta irreprochable y el agravio expuesto por la incidentista deviene inadmisible no sólo por su evidente insuficiencia argumental en torno al objeto de la incidencia incoada sino también porque tratándose de tercería, el objeto de la petición ciñe sus alcances a la discusión sobre el dominio, sin incluir otras facetas del conflicto . . .

SENTENCIAS DE CÁMARAS • AGÜERO, GLADYS ESTHER c. TOMASELLI, MARCELO s/ TERCERÍA DE DOMINIO • 30-05-2019
2- El caso enfrenta, esencialmente, a dos bloques de derechos o intereses bien diferenciados: el de la acreedora embargante que procura realizar lo que según la ley formaría parte de la garantía o "prenda común" de su acreencia (el 50 % indiviso del inmueble embargado, cuyo cotitular registral es el deudor demandado en el juicio principal), y el de la incidentista, que oponiéndose a la . . .

SENTENCIAS DE CÁMARAS • AGÜERO, GLADYS ESTHER c. TOMASELLI, MARCELO s/ TERCERÍA DE DOMINIO • 30-05-2019
3- La propia actora embargante le hizo saber al Juzgado, en el expediente principal, que la petición de embargo sobre dicho inmueble obedecía al peligro en la demora que significaba la circunstancia de que “dicho inmueble se encuentra en litigio…”

SENTENCIAS DE CÁMARAS • AGÜERO, GLADYS ESTHER c. TOMASELLI, MARCELO s/ TERCERÍA DE DOMINIO • 30-05-2019
4- Consentir que la subasta se efectúe aun a sabiendas de que la propiedad del inmueble en cuestión, se mantiene disputable, sería una inadmisible ficción jurídica, pues importaría sobreponer a todas las constancias anejadas a la causa y a las propias aseveraciones de la actora, la incomprobable efectivización del crédito laboral, pues; aun en la hipótesis de llevarse a cabo la subasta . . .

SENTENCIAS DE CÁMARAS • ÁVILA, HECTOR RAUL c. ESTADO PROVINCIAL s/ DAÑOS y PERJUICIOS • 23-12-2020
La resolución de regulación de honorarios que ahora intenta impugnar la demandada, es consecuencia de otras resoluciones anteriores que se encuentran firmes

SENTENCIAS DE CÁMARAS • ÁVILA, HECTOR RAUL c. ESTADO PROVINCIAL s/ DAÑOS y PERJUICIOS • 23-12-2020
En tal sentido y en relación a los montos que emergen de las liquidaciones aprobadas en autos, practicadas en total consonancia a las pautas fijadas en Sentencia definitiva, la que se encuentra firme y consentida, nada se articuló a los fines impugnatorios, por lo que la intención de revisarlas en esta instancia resulta a todas luces extemporánea y adolece de justificación

SENTENCIAS DE CÁMARAS • ÁVILA, HECTOR RAUL c. ESTADO PROVINCIAL s/ DAÑOS y PERJUICIOS • 23-12-2020
Dentro de nuestra estructura procesal el principio de preclusión tiene plena vigencia, y consiste en el agotamiento de la facultad procesal de lo que resultaría, en el caso, el carácter firme de una resolución sobre la que no puede volverse ni modificarse dentro del proceso, ya que los principios del derecho procesal son tan respetables y dignos de protección como los emanados de resoluciones . . .