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Nro SentVocesTextoMateria 
Nº 33/21 2. Cabe señalar que en el caso de autos, no contamos con una base regulatoria concreta, por cuanto no se encuentran determinados los honorarios en primera instancia, sin embargo, ello no es un obstáculo para estimar los honorarios en esta Alzada, ya que igualmente puede determinárselos valorando la actuación profesional, estableciendo un porcentaje de la escala prevista en el art. 14, que se . . . Ver
Nº 3/21Alimentos Alimentos. Determinación de la cuota alimentaria definitiva. Criterio aplicable. Valoración de las necesidades del alimentado y de las posibilidades del alimentante. Ver
Nº 26/21IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN – PRECLUSIÓN PROCESAL 1- Los actos procesales son aquellos hechos voluntarios que tienen por efecto inmediato la iniciación, desarrollo o extinción del proceso, sin duda alguna, la actividad procesal define el obrar de los sujetos procesales que, mediante el ejercicio sucesivo de aquéllos, tienden a obtener la realización de un derecho. Por esa razón, nuestro sistema organiza al proceso en estadios preclusivos . . . Ver
Nº 26/21IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN – PRECLUSIÓN PROCESAL 2- En definitiva, este tránsito procesal profuso y dispendioso de las impugnantes, intenta revivir nuevamente –por vía de apelación- una actividad procesal precluída y ya juzgada en los términos en que fue propuesta, pues, como bien lo señala el magistrado de grado y lo confirman las propias recurrentes en su memorial, se dictó sentencia en todas las instancias procesales que se abrieron . . . Ver
Nº 22/21CADUCIDAD EN SEGUNDA INSTANCIA- EL APELANTE NO NOTIFICA EL DECRETO DE RADICACIÓN DEJANDO VENCER EL PLAZO DE 3 MESES- ART. 310. INC. 2º . 1- La parte actora peticiona se declare la caducidad de instancia del recurso de apelación interpuesto por el demandado a fs. 527, en virtud de haber transcurrido con exceso el plazo previsto por el art. 310 inc 2º del CPC. Ver
Nº 22/21 2-En la segunda instancia el plazo de caducidad comienza a correr desde que el recurso de apelación fue concedido hasta el llamado de autos para sentencia.  Ver
Nº 22/21 3- En la especie el apelante ha dejado transcurrir el plazo de tres meses, indicado por el ordenamiento procesal, sin cumplimentar con la notificación a la que refiere el primer decreto dictado en esta instancia (fs. 535) que data de fecha 18 de octubre de 2.019. Dicha notificación nunca se cumplió transcurriendo en exceso el plazo previsto por el art. 310, inc 2 del C.P.C. Luego . . . Ver
Nº 20/21Prueba de Informes. Caducidad automática Prueba de Informes. Caducidad automática (art. 402 CPCC). Inapelabilidad en el caso de la “flexibilidad probatoria” prevista para cuestiones de familia por los arts. 709 y 710 del CCCN.  Ver
Nº 2/21SUSPENSIÓN INDEFINIDA DE HABERES Y FUNCIONES POR TRAMITACIÓN DE SUMARIO Corresponde el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Estado con fundamento en carecer la Dirección de Inspección Laboral de personalidad jurídica para estar en juicio, pues, en la acción de amparo se requiere informe circunstanciado a la “autoridad” de la que emanó el acto o hecho impugnado, quien posee legitimidad pasiva para ser demandada en este tipo . . . Ver
Nº 19/20 Facultades de los Jueces en materia de sentencias –art. 49 NCPC-. El a-quo debe expedirse dentro de los términos demandados y no extra petita. Falta de petición de la entrega del Certificado de Trabajo Ver