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Nro SentVocesTextoMateria 
86/15ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA-SI66/15: ACLARATORIA:RECHAZO-SOLICITUD DE REITEGRO DEL SELLADO POR TASA DE JUSTICIA.IMPROCEDENCIA-SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTAL ORIGINAL:PROCEDENCIAACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA-SI66/15: ACLARATORIA:RECHAZO-SOLICITUD DE REITEGRO DEL SELLADO POR TASA DE JUSTICIA.IMPROCEDENCIA-SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTAL ORIGINAL:PROCEDENCIA  Ver
86/19ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. COMPETENCIA DE LA CORTE. MEDIDA CAUTELAR. IMPROCEDENCIA.Hechos: Leopoldo Edmundo Rios, promueve sendas acciones contencioso administrativo en contra de la Municipalidad de San José. Persigue se revoque el Decreto MSJ Nº 175/2018 de fecha 06/12/2018 (fs. 09 y vta.), que rechaza el recurso de reconsideración y nulidad interpuestos en contra del Decreto MSJ Nº 133/2018 que revoca y deja sin efecto el Decreto MSJ Nº 071/17 que designaba al actor . . . Ver
86/19ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. COMPETENCIA DE LA CORTE. MEDIDA CAUTELAR. IMPROCEDENCIA.“La medida cautelar solicitada por un empleado que fue dejado cesante a fin de que se disponga su reincorporación provisoria resulta improcedente, pues coincide con el objeto del juicio principal en el que solicitó se deje sin efecto dichas medidas y se proceda a su reincorporación definitiva”. Carlos Enrique Camps- Director, “Tratado de las Medidas Cautelares”, Tomo I, Abeledo Perrot, . . . Ver
86/21ALIMENTOS EXTRAORDINARIOS 1- Iniciada la demanda de divorcio vincular por presentación conjunta las partes solicitaron la homologación del convenio que obra glosado en el expediente, en donde expresamente pactan todo lo relativo a tenencia de los menores, régimen de visitas, cuota alimentaria, gastos extraordinarios y liquidación de los bienes. Ver
86/21 2- A tal efecto, la progenitora intimó al pago del 50% los gastos extraordinarios ya efectuados, que fueron solventados en su totalidad por ella. Pese a que no acompañó las copias que permitieran al progenitor el contenido de dichos requerimientos, lo real y cierto es que, al momento de contestar –e impugnar- la planilla de gastos extraordinarios faccionada por la progenitora sin duda alguna . . . Ver
86/213- Los gastos de uniforme, calzado y útiles escolares, efectivamente se corresponden a una erogación que debió costear la progenitora para garantizar la escolaridad de los hijos de ambos en condiciones razonables y priorizando el interés de los menores.  Ver
86/21 4- Los gastos por residencia y emergentes del hijo mayor de ambos progenitores en la vecina Ciudad de Córdoba, no se condicen –en nuestra opinión y en los términos del acuerdo arribado - con lo que se entiende como gasto extraordinario. Por definición –y exclusión de los ordinarios- los gastos extraordinarios de los hijos son aquellos que, resultando necesarios, no son previsibles . . . Ver
86/21 5- Respecto a los intereses, existió un flagrante y reiterado incumplimiento del progenitor que, a la vista de la presente controversia, persiste a la fecha, por lo que propiciamos la adición de los intereses tal como surge del decisorio de origen.-  Ver
87/10JURISDICCION Y COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA: PROCEDENCIA-AGENTE MUNICIPAL-BAJA SIN SUMARIO PREVIO-AMPARO: ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA ACCIÓN; ALCANCE-CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PROCESALES EXTRÍNSECOS La actora inicia acción de amparo en contra de la Municipalidad de Capayán, en los términos del Art.43 de la C. N., Ley Nº16.986 y 40 de la C.P., por el despido sin causa y sin notificación ni sumario previo perpetrado en su contra, al dársele de baja en el mes de julio de 2009. Señala que ingresó a prestar servicios en la Municipalidad de Capayán en el año 2001, cumpliendo funciones . . . Ver
87/10JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - MEDIDA CAUTELAR CONTRA ACTOS DE LOS PODERES PUBLICOS - LA INADMISIBILIDAD COMO REGLA - FUNDAMENTO-PRESUNCION DE LEGITIMIDAD Y EJECUTORIEDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS -EXCEPCIONES: DAÑO IRREPARABLE - ILEGALIDAD MANIFIESTA - RAZONES DE INTERES PUBLICO - FALTA DE JUSTIFICACION DE LA SOLICITUD DE CAUTELAR POR LA AMPARISTA: EFECTOS; IMPROCEDENCIA.Respecto a la medida cautelar solicitada, tendiente a que el Tribunal ordene a la Municipalidad de Capayán la reincorporación inmediata de la amparista, debe destacarse que, en la materia, esta Corte de Justicia, de manera constante y uniforme, sostiene que la procedencia de la tutela cautelar contra leyes o actos administrativos debe juzgarse con criterio sumamente restrictivo en atención a la . . . Ver