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Nro SentVocesTextoMateria 
Nº 01/21ACUERDO LIBERATORIO- NULIDAD- NO CUENTA CON LOS REQUISITOS QUE EXIGE EL ART. 12. CONCORDANCIA DE LOS ARTS. 15 y 58 DE LA LCT. MULTA DEL ART. 2 LEY 25.323 Confirma también la imposición de la multa del art. 2 porque la trabajadora tuvo que iniciar acción para el reconocimiento de los rubros indemnizables, trámite que transita desde el año 2015 hasta el año 2020, que se pronuncia ésta cámara Ver
Nº 16/21DAÑOS Y PERJUICIOS Contestación de demanda. Extemporaneidad. Deficiencias de su notificación. Impugnación sólo suspende el plazo en curso el que vuelve a computarse luego de subsanarse el vicio denunciado. Ver
Nº 08/21REPOSICIÓN IN EXTREMIS – ADMISIBILIDAD DEL RECURSO Corresponde admitir la expresión de agravios en término y, en consecuencia, revocar in extremis el pronunciamiento emitido por esta instancia, disponiendo que la presente causa continúe tramitando ante esta Alzada según su estado Ver
58/16RECURSO EXTRAORDINARIO- CAUSAL DE ARBITRARIEDAD- AUSENCIA DE CUESTIÓN FEDERAL- INADMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO. Corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto, toda vez que el recurrente efectuó un discurso argumental que no logra demostrar la existencia de la arbitrariedad, como variante de la cuestión federal, no expresando a lo largo del memorial ningún precepto federal que guarde directa e inmediata relación con el litigio, limitándose a reiterar lo . . . Ver
18/17RECURSO DE CASACIÓN- ESCRITO RECURSIVO DEFICIENTE- DESARROLLO ARGUMENTAL CONFUSO- FALTA DE DEMOSTRACIÓN DE LOS ERRORES PREDICADOS- FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DE LOS AGRAVIOS ESGRIMIDOS- INADMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO. Corresponde declarar formalmente inadmisible por deficiente argumentación técnica el recurso de casación incoado por la asistente técnica del imputado, toda vez que el escrito recursivo evidencia serios defectos de interposición, pues los planteos expuestos exhiben un déficit de fundamentación que impiden la comprensión de la vía impugnativa interpuesta, constatándose que el mismo . . . Ver
48/16RECURSO EXTRAORDINARIO- ARBITRARIEDAD DE SENTENCIA-INSUFICIENCIA DEL MEMORIAL RECURSIVO- CARENCIA DE CRÍTICA CONCRETA Y RAZONADA- INADMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO Corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario interpuesto, pues en el memorial recursivo se omite la referencia clara y concreta por cual de los incisos previstos en el Art. 14 de la Ley 48 se pretende provocar la apertura de la instancia extraordinaria. Por otro lado, el decisorio impugnado ha hecho mérito del derecho de acceso a la jurisdicción y defensa en juicio en la valoración . . . Ver
06/17ACCIÓN DE AMPARO- CUESTIONES OPINABLES O QUE REQUIEREN MAYOR DEBATE Y PRUEBA AJENOS A LA ACCIÓN DE AMPARO-EJERCICIO DEL IUS VARIANDI –PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD Y EJECUTORIEDAD DE LOS ACTOS EMANADOS DEL PODER ADMINISTRADOR-EXISTENCIA DE VÍAS JUDICIALES PARALELAS PARA LA DISCUSIÓN DE LA CUESTIÓN- INADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN. Corresponde declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta con la finalidad de que se deje sin efecto la Resolución dictada por la autoridad administrativa de Vialidad Provincial, en la que se dispone el cambio de horarios en la prestación de servicios de los amparistas, por considerarla arbitraria e inconstitucional, pues el Poder Administrador se encuentra facultado para fijar las . . . Ver
74/16DESESTIMACIÓN DE LA DEMANDA DE DAÑOS Y LA SUBSIDIARIA DE ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA INTERPUESTA POR LA ACTORA- RECURSO DE CASACIÓN- SENTENCIA DEFINITIVA: REQUISITO IMPRESCINDIBLE DE PROCEDENCIA DEL RECURSO- CARENCIA DE DEFINITIVIDAD DEL DECISORIO IMPUGNADO- INADMISIBILIDAD FORMAL DE LA CASACIÓN INTERPUESTA. Corresponde declarar la inadmisibilidad formal del recurso de casación interpuesto, ya que la sentencia que se pretende impugnar carece de los rasgos de definitividad exigidos para la procedencia del recurso intentado, al no dirimir la cuestión de fondo, limitándose a resolver el proceso a partir de una deficiencia de tipo formal que padecería la demanda, de modo que no impide al actor . . . Ver
05/17DEL VOTO DEL DR. HERRERA. ACCIÓN DE INCOSTITUCIONALIDAD- ART. 195 C.P. LIMITACIÓN DE LA EDAD DE LOS JUECES PARA EJERCER SUS FUNCIONES- INAMOVILIDAD DE LOS MAGISTRADOS- EXISTENCIA DE ABSURDO AL FIJAR LÍMITE ETARIO PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN. Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la norma cuestionada en cuanto al límite de la edad, señalando que los principales y más importantes derechos que tienen los magistrados es la inamovilidad, por lo que fijar un límite de edad resulta absurdo, y la intangibilidad de las remuneraciones, compartiendo en consecuencia la postura de los tres colegas que votan en primer lugar, postura . . . Ver
194/16ACCIÓN DE LESIVIDAD. MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE PRIMA FACIE- AUSENCIA DE REGULACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACCIÓN INTERPUESTA- APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEL CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A LA CUESTIÓN PLANTEADA CORRESPONDIENTES A LA ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN (ART. 39 C.P.)- Corresponde declarar prima facie la jurisdicción y competencia del Tribunal para entender en los presentes autos, pues la materia sobre la que versa la acción interpuesta tiene un corte esencialmente administrativo, ya que persigue la anulación de actos dictados por la propia Administración, instituto legislado por el Art.32 de la Ley 3559 “Código de Procedimientos Administrativos”, . . . Ver