Sentencia Interlocutoria N° 216/16
CORTE DE JUSTICIA • VELARDE DE CHAYEP, Nora Silvia c. PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción Contencioso Administrativa • 31-10-2016

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Doscientos dieciséis.- San Fernando del Valle de Catamarca, 31 de octubre de 2016.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 114/2015 "VELARDE DE CHAYEP, Nora Silvia - c/ PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción Contencioso Administrativa", y CONSIDERANDO: Que a fs.67 de los presentes autos, el Sr. Ministro titular de esta Corte de Justicia, Dr. Luis Raúl Cippitelli, se inhibe de entender en la presente causa conforme expone: "Por el presente vengo a solicitar apartarme de actuar en la presente causa, en razón de haber emitido opinión como miembro de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre la cuestión en debate en estos autos, las que contribuyeron a la formulación de las recomendaciones que esta Federación, efectuara durante los períodos 2009, 2010 y 2011. Tal apartamiento procede atento lo autorizado por el Art.30 -Última Parte- del CPCC, fundando dicha excusación en motivo grave de decoro y delicadeza abonada además, en la transparencia que debe trasuntar la Justicia tanto en el fuero íntimo del juzgador como en la imagen pública de la misma".- A fs.68 y para entender en la inhibición formulada por el Sr. Ministro, Dr. Luis Raúl Cippitelli, por Secretaría se procede a integrar el Tribunal conforme lo dispuesto por Acordada Nº 4151/10. Que a fs.69 y a fin de la integración del Tribunal y en cumplimiento de la Acordada Nº 4151/10 -punto cuarto- se procede al sorteo a los efectos de la designación de un miembro de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minas de Primera Nominación, resultando desinsaculada la bolilla Nº 2, correspondiente al Dr. Manuel de Jesús Herrera Que siendo de recibo las razones invocadas en la inhibición que se formula y conforme a las previsiones del Art.30 del Código Procesal Civil y Comercial, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Hacer lugar a la inhibición formulada a fs.67 por el Sr. Ministro, Dr. Luis Raúl Cippitelli, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.- 2) Protocolícese, hágase saber y prosigan los autos según su estado.- Fdo.: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Manuel de Jesús Herrera (Ministro Subrogante), ante mí: Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE
  • Dr. MANUEL DE JESÚS HERRERA

Sumarios

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