SENTENCIAS DE CÁMARAS • MARCIAL, CESAR RAMÓN c. ORICA ARGENTINA S.A.I.C. y OTRO s/ INDEMNIZACIÓN por DESPIDO sin CAUSA y FRAUDE a la LEY • 27-04-2021
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Texto | .- La figura de la subordinación jurídica requiere la incorporación del trabajador a una empresa con el compromiso de acatar las órdenes y directivas que se le imparten en su carácter de dependiente, lo que quedó así evidenciado en el sub lite, dado que los testigos coinciden que el actor realizó tareas de mecánico y ayudante de mecánico o mantenimiento, bajo las directivas de un supervisor y en el mismo seno de la empresa, desempeñándose de forma continua, permanente y con asistencia diaria; condiciones que se compadecen con la naturaleza propia de un contrato de trabajo, toda vez que la unilateral imposición por parte de la patronal, de un empleo autónomo obligando al trabajador a facturar, en modo alguno determina esa calificación. En cuanto a la dependencia técnica, las declaraciones testimoniales dan cuenta además de que sus tareas eran dirigidas y supervisadas; y por el lado de la dependencia jurídica, quedó demostrado que el trabajador estaba sometido a un régimen del trabajo del que no podía abstraerse.La dependencia económica también puede visualizarse, en tanto no ha quedado de modo alguno acreditado que el trabajador hubiera asumido los riesgos de la actividad empresarial y que el pago por su trabajo se encontrara acondicionado a la consecución de un resultado cierto. Desde ese análisis, el reconocimiento que el actor realiza en la posición 1 de la prueba confesional, en nada empece esta conclusión, toda vez que su carácter de proveedor le fue impuesto en forma fraudulenta por la empresa demandada, cuando las condiciones de su prestación de servicios encuadraban en las de un contrato de trabajo. Tal la conclusión a la que se llega en el dictamen fiscal, y que es la que comparto, haciendo gala del principio de primacía de la realidad que campea en el derecho laboral. |
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.- La figura de la subordinación jurídica requiere la incorporación del trabajador a una empresa con el compromiso de acatar las órdenes y directivas que se le imparten en su carácter de dependiente, lo que quedó así evidenciado en el sub lite, dado que los testigos coinciden que el actor realizó tareas de mecánico y ayudante de mecánico o mantenimiento, bajo las directivas de un . . . - SENTENCIAS DE CÁMARAS • MARCIAL, CESAR RAMÓN c. ORICA ARGENTINA S.A.I.C. y OTRO s/ INDEMNIZACIÓN por DESPIDO sin CAUSA y FRAUDE a la LEY • 27-04-2021
.- Con relación al artículo 1 de la Ley 25323 (…) bajo los parámetros analizados en relación a la fecha de inicio, estimo cumplido el recaudo exigido por la norma, por lo que resulta procedente admitir la indemnización. Con relación al artículo 2 (…) el objetivo de la norma es compeler al empleador a abonar en tiempo y forma las indemnizaciones por despido y evitar litigios. Se . . . - SENTENCIAS DE CÁMARAS • MARCIAL, CESAR RAMÓN c. ORICA ARGENTINA S.A.I.C. y OTRO s/ INDEMNIZACIÓN por DESPIDO sin CAUSA y FRAUDE a la LEY • 27-04-2021
.- Cuando la norma contenida en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo extiende la responsabilidad al principal, lo que procura es prevenir que el trabajador se vea privado de prestaciones a las que tiene derecho, cautelándolas, ya que el fraccionamiento del proceso productivo no puede ser utilizado para sumirlo en una situación de incertidumbre acerca de la identidad del verdadero empleador, . . . - SENTENCIAS DE CÁMARAS • MARCIAL, CESAR RAMÓN c. ORICA ARGENTINA S.A.I.C. y OTRO s/ INDEMNIZACIÓN por DESPIDO sin CAUSA y FRAUDE a la LEY • 27-04-2021
En cuanto al agravio sobre la desestimación de la indemnización del artículo 80 de la LCT, si bien de las constancias obrantes surge que el actor reconoce la entrega del formulario PS 6.2 y que también es acompañado por la parte demandada. Este instrumento no refleja la verdadera relación laboral conforme lo analizado, puesto que certifica servicios a partir de diciembre del 2014 y ha . . .
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