Texto | Obsta a la concesión del recurso extraordinario interpuesto por el defensor del imputado la insuficiente cuestión federal incluida en el mismo, al no estar adecuadamente enunciadas en la carátula las situaciones que afectan las garantías constitucionales del debido proceso y de la defensa en juicio de su asistido. A más de ello, carece de fundamento el agravio vinculado a la pretendida declaración de inconstitucionalidad del art. 76 bis, último párrafo, del CP, asunto que fue tratado y resuelto en la anterior instancia. Cabe recordar que el pedido de la la suspensión del juicio a prueba fue denegado con arreglo a lo dispuesto en la mencionada norma, la que en su 4º párrafo dispone que la pena de inhabilitación -que conjuntamente con la de prisión- tiene prevista el delito imputado en el caso (art. 84 del CP) constituye un valladar para la suspensión del juicio a prueba, y tal motivación coincide, en lo esencial, con la que sustenta las sentencias invocadas en la resolución apelada. Sin embargo, lo irrazonable o incongruente de los motivos dados en la resolución recurrida o en los precedentes invocados en ella no son demostrados por el recurrente, quien se limita a objetar un tema netamente procesal que dice fue desatendido, como es la cuestión temporal que sustenta el tratamiento preliminar realizado en la sentencia de casación, sin afrontar las otras razones en que se funda la decisión. La insuficiencia del desarrollo argumental impide que se conecten con el caso, los principios, garantías y reglas que invoca, y dejan en evidencia su mero desacuerdo con una cuestión que no fue la determinante de la solución denegatoria, y soslaya el fundamento que de manera reiterada sostuvo este Tribunal, y que por ello conforman la doctrina del caso, aplicable a los delitos culposos cuyo juicio pretenden sea suspendido sin que en el caso se constanten situaciones que ameriten reformular el criterio de la Corte sobre el punto. |