Texto | Hechos:
La parte actora interpone recurso de casación en contra de la Sentencia Definitiva Nº 32/19 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de 1ra. Nominación que revoca el decisorio del juez de grado y consecuentemente rechaza la acción de daños y perjuicios promovida. Plantea también la inconstitucionalidad del art. 297 del CPCC en cuanto dispone que uno de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación es que el monto debatido en el pleito sea superior al doble del haber que percibe un juez de primera instancia, señalando que dicha normativa viola la Constitución Nacional y Tratados Internacionales que forman parte de la Carta Magna en virtud del art. 75 inc. 22 de la misma pues se limita el acceso a la justicia en el recurso extraordinario de casación
Sumario:
Al respecto cabe expresar que la jurisprudencia ha entendido que las limitaciones establecidas por las normas procesales en cuanto al valor del litigio para la concesión del recurso extraordinario de casación, no vulneran derechos y garantías constitucionales, por cuanto no impiden deducir el medio de impugnación previsto, sino que lo condicionan a un requisito formal, propio de la reglamentación legislativa y sin mengua de la defensa en juicio ni de la igualdad de las partes en el litigio (Suprema Corte de Bs. As Godoy c/ 3M Argentina SA Diferencia salarial – recuso de queja-18/09/2002; Garay Peregrino Heriberto c/ Ronicevi S.E.C.P.A. 16/08/2000; Nuñez, Ramón Arturo c/Sea Investigaciones S.A. y Stagno. V. Despido 21/03/2001.) - |