CORTE DE JUSTICIA • Carrizo, Rodrigo Aníbal c. ----------------------- s/ Lesiones leves calificadas, etc.- s/ rec. de casación • 30-09-2020

VocesPedido de sobreseimiento definitivo- Denegación- Recurso de casación- Declaración de no prescripción de la acción penal- Resolución no definitiva- Prescripción de la acción penal-Cuestión no planteada en instancias anteriores- Imposible pronunciamiento en instancia de casación- Inadmisibilidad del recurso.
TextoLa declaración de no prescripción de la acción penal dictada en el curso de la audiencia única de probation, no ser considerada como sentencia definitiva que admita el recurso de casación para cuestionarla, y aún cuando la recurrente argumente que la resolución que ataca exhibe una fundamentación aparente, las objeciones que opone no son el reflejo de la cuestión propuesta en la instancia, ya que de las constancias del acta no surge solicitud de requerimiento para que el tribunal controle si el proceso se habría desarrollado en un tiempo que, por su excesiva duración, sea irrazonable su continuación; por tanto la pretensión de que el Tribunal se expida sobre una cuestión que no está en el acta de la audiencia para su consideración-, se presenta como una reflexión tardía de la recurrente, quien ciertamente nada alegó para que el juzgador pudiera expedirse al respecto lo que impide a ésta Corte pronunciarse sobre una cuestión que no fue presentada para su análisis en las instancias anteriores, siendo esa la oportunidad procesal para hacerlo. En consecuencia corresponde desestimar por inadmisible el recurso interpuesto.(Del voto del Dr. Cippitelli).

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • Carrizo, Rodrigo Aníbal c. ----------------------- s/ Lesiones leves calificadas, etc.- s/ rec. de casación • 30-09-2020
    La declaración de no prescripción de la acción penal dictada en el curso de la audiencia única de probation, no ser considerada como sentencia definitiva que admita el recurso de casación para cuestionarla, y aún cuando la recurrente argumente que la resolución que ataca exhibe una fundamentación aparente, las objeciones que opone no son el reflejo de la cuestión propuesta en la instancia, . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 37/20