CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Ariel c. ----------- s/ homicidio culposo doblemente agravado- s/ rec. de casación • 12-08-2020

VocesSolicitud de suspensión de juicio a prueba- Denegación- Recurso de casación- Pedido extemporáneo- Correcto planteo de la querella- Normas procesales aplicables- Principio “tempos regis actum”- Retroactividad de la ley penal más benigna- Casos en que se aplica- Planteo de nulidad- Improcedencia.
TextoEl planteo de extemporaneidad introducido por la querella particular en la audiencia de probation debió tener acogida favorable, pues contrariamente a lo sostenido por la defensa del imputado y por el tribunal, de las constancias que obran en la causa surge que la ley vigente al momento de solicitar la suspensión del juicio a prueba, era la Ley Nº 5425, de orden público (07/04/2015), que modificó el art. 355 CCP al disponer que: “…La suspensión podrá solicitarse hasta el término común que dispone el Artículo 358”. Es decir que acorde lo dispuesto por el art. 3 CPP, en nuestro ordenamiento procesal penal rige el principio “tempus regit actum”, y a su vez el art. 355 del CPP establece de forma concreta la oportunidad procesal para solicitar la probation, términos que no prevén las excepciones a las que alude el Juez Correccional de 2ª. Nominación. A más de ello cabe consignar que el principio de retroactividad de la ley penal más benigna se aplica a los principios sustanciales y materiales del derecho penal y no a las normas instrumentales. No obstante que lo expuesto es suficiente para rechazar el recurso interpuesto por el impugnante, hay otros motivos para confirmar la denegatoria del beneficio. Así, carece de fundamento y resulta improcedente la nulidad cuya declaración pide, en tanto no explicita con argumentos claros las cuestiones que a su entender el tribunal omitió valorar causándole un agravio.(Del voto del Dr. Cáceres).

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Ariel c. ----------- s/ homicidio culposo doblemente agravado- s/ rec. de casación • 12-08-2020
    El planteo de extemporaneidad introducido por la querella particular en la audiencia de probation debió tener acogida favorable, pues contrariamente a lo sostenido por la defensa del imputado y por el tribunal, de las constancias que obran en la causa surge que la ley vigente al momento de solicitar la suspensión del juicio a prueba, era la Ley Nº 5425, de orden público (07/04/2015), que modificó . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Ariel c. ----------- s/ homicidio culposo doblemente agravado- s/ rec. de casación • 12-08-2020
    La denegación de la suspensión del juicio a prueba, por estar penado con inhabilitación que en el caso está prevista como pena conjunta con la de prisión, se ajusta a los principios insertos en la Constitución y a la doctrina de la Corte Suprema como su máximo intérprete, y en el caso “Herrera” que el recurrente trae a colación, este Tribunal por un lado refiere a que la ley debe ser interpretarse . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Ariel c. ----------- s/ homicidio culposo doblemente agravado- s/ rec. de casación • 12-08-2020
    Resulta razonable la prohibición de conceder la probation cuando el delito imputado tiene prevista pena de inhabilitación, pues ello obedece a la finalidad de prevención que es su objetivo, y en cuanto a que la intervención estatal debe ser mínima, ello no implica su exclusión en los casos en que estén comprometidos valores considerados preponderantes que ameriten adoptar las prevenciones pertinentes. . . .

Votos

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Materias

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Normativas

    -

Sentencia Definitiva N° 26/20