Texto | Hechos:
Saint-Gobain Argentina SA, interpone acción de amparo por
mora de la administración, en contra de la Administración General de Rentas.
Invoca el carácter de peticionante en gestión administrativa que se tramita mediante
Expte. “C” 00014640/2018, persigue se ordene a la accionada responda a la
demanda de repetición interpuesta ante ese Organismo con fecha 08/nov/18 y al
recurso de reconsideración interpuesto con fecha 09/abr/19: Expte. “C”
00004082/2019, habiendo transcurrido más de nueve meses sin dar curso al reclamo
ni la administración se haya pronunciado.
Sumario:
Que conforme se desprende del memorial de demanda se
encontraría el presupuesto fáctico de admisibilidad de la acción, mediando una
situación objetiva de demora administrativa en pronunciarse ante el requerimiento
del administrado. Asimismo satisfechos los requisitos exigidos por el Art.7 del
ordenamiento adjetivo. Que conforme a las normas adjetivas que informan a la
acción de amparo por mora de la administración resulta manifiesta su procedencia
formal. Se resolvió Declarar la jurisdicción y competencia del Tribunal para
entender en la presente causa. Conforme lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley 4795-
modificada por Ley 4850- fijase el término perentorio de cinco días para que
presente informe de los antecedentes del caso y la causa de la demora, bajo los
apercibimientos previstos en el Art.11 del mismo cuerpo legal.- |