CORTE DE JUSTICIA • GUZMAN SCOVAZZI, Fernanda del Carmen c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo • 25-09-2019

VocesAMPARO ACCIÓN DE AMPARO. CONTRATO DE EMPLEO PÚBLICO .JUS VARIANDI. FACULTADES DEL PODER ADMINISTRADOR
TextoHechos: Fernanda del Carmen Guzmán Scovazzi, incoa acción de amparo en contra del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la provincia. Expone que: “sin la emisión de acto administrativo alguno se ha dejado de liquidar las remuneraciones en sede administrativa de manera manifiestamente ilegitima y arbitraria y se la bloquea como dependiente, no pudiendo acceder al goce de las licencias que por la Ley 3122, Estatuto del Docente, le corresponden”. Añade encontrarse en condiciones de indefinición sobre el lugar de prestación de tareas, que por razones de integración del grupo familiar fue trasladada para cumplir funciones en la localidad de Quirós, Departamento La Paz, pero de manera inmotivada le revocan esta asignación transitoria de tareas, y se la traslada a la ciudad capital; lo que le resulta imposible afrontar por motivos familiares y económicos. Por tal motivo, no existe real prestación de servicios, ante ello la patronal encuadra la situación como abandono de servicios y le da de baja en haberes y la bloquea para acceder a licencias, sin acto administrativo expreso luego de muchísimos años de prestación de servicios en la localidad de Quirós distante a más de 200 Km. Sumario: Que sin duda el Poder Administrador se encuentra facultado para fijar las pautas y condiciones de la prestación de servicios de sus agentes, gozando tales hechos y/o actos administrativos adoptados en ejercicio de atribuciones legales propias de la presunción de legitimidad y ejecutoriedad. De allí, que entrar a indagar en este proceso excepcionalísimo y dentro del estrecho y limitado marco de la acción de amparo el control de legalidad de las bases normativas y fácticas tenidas en cuenta para adoptar sus decisiones, como cuestión jurídica opinable, resulta materia para la cual existen vías paralelas judiciales donde con mayor amplitud podrá discutirse la legitimidad y legalidad del actuar administrativo, a fin de salvaguardar por los carriles procesales pertinentes los derechos fundamentales que la amparista reputa conculcados.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • GUZMAN SCOVAZZI, Fernanda del Carmen c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo • 25-09-2019
    Hechos: Fernanda del Carmen Guzmán Scovazzi, incoa acción de amparo en contra del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la provincia. Expone que: “sin la emisión de acto administrativo alguno se ha dejado de liquidar las remuneraciones en sede administrativa de manera manifiestamente ilegitima y arbitraria y se la bloquea como dependiente, no pudiendo acceder al goce de las . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 125/19