CORTE DE JUSTICIA • FIGUEROA, Paula Ramona c. ESTADO PROVINCIAL (Ministerio de Salud) s/ Acción de Amparo • 19-09-2019

VocesAMPARO. ACCIÓN DE AMPARO. DERECHO A LA SALUD. PROCEDENCIA DE LA ACCION
TextoHechos: Paula Ramona Figueroa, promueve acción de amparo en contra del Estado Provincial (Ministerio de Salud). Invoca ser afiliada al Programa Federal de Salud: Incluir Salud (ex PRO-FE) por ser beneficiaria de una pensión no contributiva por discapacidad; solicita con habilitación de días y horas la provisión inmediata del 100% de los medicamentos Treprostinil Remodulin 5 mg. ampolla x 20 ml x 6, Bomba de infusión SC CADD MS3 modelo 7400, 2 unidades y Kit de reposo del sistema de inhalación. Sumario: Que el derecho alegado por la amparista como vulnerado es, primordialmente, el derecho a la salud que goza de amparo constitucional, pues se encuentra comprendido dentro del derecho a la vida. Y la accionada de conformidad a previsiones legales es responsable primaria de la salud de los beneficiarios del Programa Federal de Salud: Incluir Salud (ex PRO-FE) destinado a brindar la asistencia médica necesaria a los beneficiarios de pensiones no contributivas y por medio del cual el Estado Nacional a través del Estado Provincial como responsable de la gestión del programa procura cumplir el mandato constitucional de garantizar la salud de sus habitantes. De ello, se sigue que la documentación adjuntada por la amparista, justifica la admisibilidad prima facie de esta acción de amparo, sin perjuicio que la procedencia sustancial sea meritada en el momento procesal oportuno en que el Tribunal hace pleno uso de sus facultades jurisdiccionales.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • FIGUEROA, Paula Ramona c. ESTADO PROVINCIAL (Ministerio de Salud) s/ Acción de Amparo • 19-09-2019
    Hechos: Paula Ramona Figueroa, promueve acción de amparo en contra del Estado Provincial (Ministerio de Salud). Invoca ser afiliada al Programa Federal de Salud: Incluir Salud (ex PRO-FE) por ser beneficiaria de una pensión no contributiva por discapacidad; solicita con habilitación de días y horas la provisión inmediata del 100% de los medicamentos Treprostinil Remodulin 5 mg. ampolla x . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 119/19