Texto | Hechos:
Horacio Catalán y Mariana Catalán Socios Gerentes de la
firma Horacio Catalán SRL, incoan sendas acciones contencioso
administrativo en contra de la Provincia de Catamarca, persiguen se declare la
nulidad de los Decretos OP Nº 566/18 y Nº 249/19, dictados en Expte.
Administrativo Letra D Nº 15501/17, notificados el 08/Jun/18 y el 01/Abr/19
que rechaza sendos recursos de reconsideración y jerárquico respectivamente,
promovido en contra del Decreto Nº 566/18: Notificados al acciónante el
01/Abr/19 (fs.09).-
Sumario:
Analizada la materia que involucra la pretensión y
antecedentes jurisprudenciales del Tribunal, se infiere que la misma se trata de
una relación regida por normas de derecho administrativo, se impugna un
acto expreso emanado de la autoridad administrativa de última instancia que
causa estado, conforme documentación que se adjunta, habiéndose interpuesto
la acción en tiempo hábil, todo de conformidad a lo previsto en los arts. 1, 5, 7
y 13 CCA., por lo que corresponde declarar la admisibilidad prima facie de la
acción en los términos del art.3 de igual plexo normativo. Sin perjuicio de que
la procedencia sustancial de la pretensión incoada, sea meritada en el momento
procesal oportuno en que el Tribunal hace pleno uso de sus facultades
jurisdiccionales.- |