CORTE DE JUSTICIA • RIOS Leopoldo Edmundo c. Municipalidad de San José s/ Acción Contencioso Administrativa • 01-08-2019

VocesACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. COMPETENCIA DE LA CORTE. MEDIDA CAUTELAR. IMPROCEDENCIA.
TextoHechos: Leopoldo Edmundo Rios, promueve sendas acciones contencioso administrativo en contra de la Municipalidad de San José. Persigue se revoque el Decreto MSJ Nº 175/2018 de fecha 06/12/2018 (fs. 09 y vta.), que rechaza el recurso de reconsideración y nulidad interpuestos en contra del Decreto MSJ Nº 133/2018 que revoca y deja sin efecto el Decreto MSJ Nº 071/17 que designaba al actor como chofer del Parque Automotor Municipal (fs. 2).- Solicita como medida cautelar ser reincorporado a su puesto de trabajo. Sumario: Que analizada la materia que involucra la pretensión se infiere que la misma se trata de una relación regida por normas del derecho administrativo, se impugna un acto emitido por la autoridad administrativa de última instancia, conforme documentación que se adjunta, habiendo interpuesto la acción en tiempo hábil, todo de conformidad a lo previsto por los arts. 1, 5, 7 y 13 del CCA, por lo que corresponde declarar la admisibilidad prima facie de la misma en los términos del art. 3 de igual plexo normativo.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • RIOS Leopoldo Edmundo c. Municipalidad de San José s/ Acción Contencioso Administrativa • 01-08-2019
    Hechos: Leopoldo Edmundo Rios, promueve sendas acciones contencioso administrativo en contra de la Municipalidad de San José. Persigue se revoque el Decreto MSJ Nº 175/2018 de fecha 06/12/2018 (fs. 09 y vta.), que rechaza el recurso de reconsideración y nulidad interpuestos en contra del Decreto MSJ Nº 133/2018 que revoca y deja sin efecto el Decreto MSJ Nº 071/17 que designaba al actor . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • RIOS Leopoldo Edmundo c. Municipalidad de San José s/ Acción Contencioso Administrativa • 01-08-2019
    “La medida cautelar solicitada por un empleado que fue dejado cesante a fin de que se disponga su reincorporación provisoria resulta improcedente, pues coincide con el objeto del juicio principal en el que solicitó se deje sin efecto dichas medidas y se proceda a su reincorporación definitiva”. Carlos Enrique Camps- Director, “Tratado de las Medidas Cautelares”, Tomo I, Abeledo Perrot, . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 86/19