CORTE DE JUSTICIA • VILLAFAÑE, Cecilia del Valle y Otros c. PODER EJECUTIVO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA) s/ Acción de Amparo • 17-05-2019

VocesACCION DE AMPARO. EJERCICIO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES DEL PODER ADMINISTRADOR EN MATERIA EDUCATIVA. IMPROCEDENCIA FORMAL DEL AMPARO
TextoHechos: La parte actora: Sres, Cecilia del Valle Villafañe, Silvia Marcela Vazquez, y, interponen acción de amparo en contra del Estado Provincial, Poder Ejecutivo y Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, persigue se declare la inconstitucionalidad e ilegalidad de la Resolución Ministerial ECyT Nº 934, de fecha 01/Nov/18, publicada en el Boletín Oficial Nº 97/18, emanada de la Dirección de Educación Superior, que dispone: “Art.1º: el reordenamiento de las ofertas de Formación Docente y de las Tecnicaturas de los Institutos de Educación Superior y Art.2º: Autoriza la implementación de las nuevas ofertas educativas que se incorporan a partir del Ciclo Lectivo 2019, en los Institutos de Educación Superior consignados en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.” (fs.23/27) por las razones que allí consignan. Sumario: En efecto, de la exposición fáctica reseñada, surge que se cuestiona una Resolución emitida por el Poder Administrador en materia educativa, en ejercicio de atribuciones y facultades propias emergentes del plexo normativo constitucional -Art.65, Apartado IV, de la Constitución Provincial, correlativos y concordantes-, tendiente a hacer operativo el mandato de la educación integral de los habitantes de la provincia, como objetivo esencial dentro del estado de derecho. Conforme a lo expuesto se advierte que el planteo de parte se encuentra claramente en colisión con el precepto legal contenido en el Art.2, Inc.b, de la Ley 4642, que establece aquellos supuestos en que la acción de amparo no es admisible, precisando que cuando “La intervención judicial comprometa directa o indirectamente la regularidad, continuidad o eficacia de la prestación de un servicio público o el desenvolvimiento de actividades esenciales del Estado”. Que conforme a lo expuesto, precedentes de este Cuerpo sentado en Autos Expte. Nº 083/2018 “Nieto c/ Ministerio de Educación- Acción de Amparo”; Expte. Nº 095/2018 “Bustamante y otros c/ Poder Ejecutivo –MECyT – Acción de Amparo”, normas constitucionales y legales citadas, se impone declarar la improcedencia formal de la acción de amparo deducida. Con imposición de costas, Art.17 de igual plexo normativo.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • VILLAFAÑE, Cecilia del Valle y Otros c. PODER EJECUTIVO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA) s/ Acción de Amparo • 17-05-2019
    Hechos: La parte actora: Sres, Cecilia del Valle Villafañe, Silvia Marcela Vazquez, y, interponen acción de amparo en contra del Estado Provincial, Poder Ejecutivo y Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, persigue se declare la inconstitucionalidad e ilegalidad de la Resolución Ministerial ECyT Nº 934, de fecha 01/Nov/18, publicada en el Boletín Oficial . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 65/19