CORTE DE JUSTICIA • BERNARDEZ, Claudia Inés c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo • 17-05-2019

VocesAMPARO. ACCION DE AMPARO. IMPROCEDENCIA
TextoHechos: Claudia Inés Bernardez, invocando la calidad de docente, interpone acción de amparo en contra del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Persigue se ordene cesar las vías de hecho dispuestas por la accionada consistente en la falta de liquidación de las remuneraciones en sede administrativa de manera ilegitima y arbitraria.- Sumario: El basamento de la impugnación reside en desacuerdos de índole subjetivos de la pretensa amparista, por cuanto los actos emitidos por la autoridad administrativa que en esta instancia jurisdiccional no se exponen con la claridad exigida, correlacionándolos con los derechos constitucionales hipotéticamente conculcados o preteridos, pretendiendo que a través del imperium que invisten los pronunciamientos jurisdiccionales se sustituya al poder administrador en actuaciones de su exclusiva incumbencia. En tanto, reducido el planteo al no pago del SAC/18, no habilita ésta jurisdicción extraordinaria y de excepción, pues como da cuenta la actividad desplegada por la propia interesada ha sido objeto de reclamo administrativo e interposiciones de acciones que el ordenamiento jurídico pone a su disposición. En efecto traído ad efecttum videndi, el Expte Nº 027/17, “Bernardez, Claudia Inés c/ Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca (Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología-) Acción Contencioso Administrativa”, demuestra que no sólo existe sino que se ha ejercitado pretensiones tendientes a revisar la actividad desplegada por la administración.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • BERNARDEZ, Claudia Inés c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo • 17-05-2019
    Hechos: Claudia Inés Bernardez, invocando la calidad de docente, interpone acción de amparo en contra del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Persigue se ordene cesar las vías de hecho dispuestas por la accionada consistente en la falta de liquidación de las remuneraciones en sede administrativa de manera ilegitima y arbitraria.- Sumario: El basamento de la impugnación reside . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 64/19