CORTE DE JUSTICIA • RODRIGUEZ, Gloria Luz c. MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO s/ Acción Contencioso Administrativa • 13-02-2019
Voces | ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. DECRETO MUNICIPAL QUE DISPONE CESANTIA. COMPETENCIA. ADMISIBILIDAD FORMAL. PREPARACION DE LA VIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. |
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Texto | El administrado acredita que el Decreto CET y D Nº 075/18, le fue notificado el 22/Mar/18, posterior a ello, interpuso recurso de reconsideración con fecha 10/Abr/18, la Municipalidad de Valle Viejo, guardó silencio y no se expedió sobre el mismo. Transcurridos los 90 días del art. 118 del CPA, tiene por denegado tácitamente el recurso de reconsideración interpuesto, obteniendo la decisión definitiva de la autoridad administrativa de última instancia. Con fecha 21/Ago/18, (fs.332), interpone recursos contenciosos, dentro del plazo de 20 días prescripto en el Art.7 del CCA, por lo que corresponde tener por agotada la vía administrativa y declarar la admisibilidad prima facie de la acción en los términos de los Arts. 3, 5, 7, 10, 13 y 16 del CCA.- |
Sumarios
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Hechos: Gloria Luz Rodríguez, interpone sendas acciones contencioso administrativo en contra de la Municipalidad de Valle Viejo. Solicitando se declare la nulidad del Decreto CET y D Nº 075/18, de fecha 16/Mar/18, emitido por el Intendente Municipal, notificado el 22/Mar/18 que aplica la sanción de cesantía prevista en el Art. 7, inc. a) y f), del Estatuto del Docente de la Municipalidad . . . - CORTE DE JUSTICIA • RODRIGUEZ, Gloria Luz c. MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO s/ Acción Contencioso Administrativa • 13-02-2019
El administrado acredita que el Decreto CET y D Nº 075/18, le fue notificado el 22/Mar/18, posterior a ello, interpuso recurso de reconsideración con fecha 10/Abr/18, la Municipalidad de Valle Viejo, guardó silencio y no se expedió sobre el mismo. Transcurridos los 90 días del art. 118 del CPA, tiene por denegado tácitamente el recurso de reconsideración interpuesto, obteniendo la decisión . . . - CORTE DE JUSTICIA • RODRIGUEZ, Gloria Luz c. MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO s/ Acción Contencioso Administrativa • 13-02-2019
En cuanto a la petición de medida cautelar efectuada por el actor, de reingreso a su puesto de trabajo, conforme a la pacifica jurisprudencia de este Tribunal, en sus diferentes integraciones, las medidas tendientes a suspender los efectos de leyes o actos administrativos debe juzgarse con criterio sumamente restricto en atención a la presunción de legitimidad y ejecutoriedad que ampara a los . . .
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Normativas
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