CORTE DE JUSTICIA • CONTRERAS, Genaro Armando y Otros (Diputados Pciales y miembros del Bloque parlamentario FCyS -Cambiemos c. MINISTERIO DE EDUCACION, C. y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 23-12-2019

VocesPROCEDENCIA DE LA ACCION.
TextoAl contestar el informe, el órgano demandado acompaño la documentación solicitada, expresando que el derecho a la información pública jamás fue conculcado por la administración, negando que exista mora, y hacen saber que la información requerida bien pudo ser obtenida mediante la consulta de los expediente administrativos donde se tramitaron las licitaciones referidas.- Cabe señalar que esta presentación fue observada por los recurrentes quienes advirtieron que la documentación acompañada por el demandado a fs. 34/68 resultaba incompleta.- .De allí que no pueda considerarse satisfecho el pedido formulado y esta circunstancia asume -en mi opinión- especial relevancia, en este contexto en el que la cuestión planteada en autos versa sobre una nota que no ha sido contestada en sede administrativa y que solamente con posterioridad a la promoción de la demanda, mereció la contestación obrante a fs. 69/70, en la que además, se les hace saber a los recurrentes que la información solicitada bien pudo ser obtenida mediante la consulta a los expedientes administrativos donde se tramitaron las licitaciones referidas.- Como se advertirá el proceder de la administración no sólo no satisface en absoluto el derecho de acceso a la información, en los términos en que debe entenderse han sido establecidos los estándares mínimos de protección en la legislación vigente, sino que constituye una manera inapropiada de pretender hacerlo. Por lo que estimo, deberá hacerse lugar a la acción de amparo por mora interpuesta, ordenando pronto despacho judicial para que en el plazo de diez días el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, ponga a disposición de los accionantes toda la documentación solicitada mediante nota recibida con fecha 01/03/19 obrante a fs. 3, bajo apercibimiento del art.13 inc. e) de la Ley N° 4795.- Voto en mayoría del Dr. Cáceres.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • CONTRERAS, Genaro Armando y Otros (Diputados Pciales y miembros del Bloque parlamentario FCyS -Cambiemos c. MINISTERIO DE EDUCACION, C. y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 23-12-2019
    Hechos: A través de la presente acción de amparo por mora los diputados provinciales y miembros del bloque parlamentario del Frente Cívico y Social, invocando la Ley 5336 de acceso a la información pública, solicitan que este alto Cuerpo ordene al Sr. Ministro de Educación de la Provincia, la entrega de la información que fuera oportunamente requerida, en relación a las licitaciones públicas . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • CONTRERAS, Genaro Armando y Otros (Diputados Pciales y miembros del Bloque parlamentario FCyS -Cambiemos c. MINISTERIO DE EDUCACION, C. y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 23-12-2019
    Al contestar el informe, el órgano demandado acompaño la documentación solicitada, expresando que el derecho a la información pública jamás fue conculcado por la administración, negando que exista mora, y hacen saber que la información requerida bien pudo ser obtenida mediante la consulta de los expediente administrativos donde se tramitaron las licitaciones referidas.- Cabe señalar que . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 43/19