Texto | Hechos:
El actor en autos, interpone acción de amparo por mora de la
administración en contra de la Municipalidad de Valle Viejo, a fin de obtener el
dictado del acto administrativo que por derecho corresponda en respuesta al
Recurso de Reconsideración y Nulidad en contra del Decreto 441/18 en el marco de
las actuaciones Expte. Nº 07541 Letra SP/18- Sumario.-
Relata que planteó Recurso de Reconsideración y Nulidad en
contra dicho, por el que se aplica una suspensión arbitrariamente y por otro lado se
intenta compensar la medida con el tiempo que tardo el Municipio en resolver su
situación. Que a pesar del tiempo transcurrido sin haber obtenido repuesta inicia la
presente acción con fecha 13 de marzo de 2019.-
Sumario:
Que a fs 144/145, responde la administración requerida.
Informa que respecto al recurso planteado por el actor, Fiscalía Municipal emitió
dictamen y posteriormente el Ejecutivo Municipal dicto Decreto OP Nº 285 de
fecha 13 de septiembre de 2019 y notificada al Sr. Luis Alberto Herrera con fecha
20 de septiembre.-
Que llegada la etapa procesal de dictar sentencia, y
considerando que, en el amparo por mora se debe estar a la situación real existente
al momento de resolver, estimo que la causa ha quedado sin materia y así debe ser
declarada.-
Entonces, emitido por la Administración el pronunciamiento
por cuya demora se acciona, la acción impetrada efectivamente ha quedado sin
materia, la cuestión deviene abstracta y así debe ser declarada.- (Voto del Dr.
Cippitelli) |