CORTE DE JUSTICIA • DEL VALLE, Mario Alfredo c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa • 14-11-2019

VocesACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL REGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO DE LA LEY 5067. DENEGATORIA POR INCOMPATIBILIDAD. ART. 68 DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL.
TextoHechos: Mario Alfredo Del Valle, promueve acción Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción en contra del Estado Provincial a efectos de que se modifique lo dispuesto por Decreto H y F Nº 586/15 de fecha 06 de mayo de 2015, y se ordene su incorporación al Régimen de Retiro Voluntario Asegurado para Ex Empleados del Ex Banco de Catamarca y el pago del mismo desde la fecha de solicitud, actualizados a la fecha de su efectivo pago con mas sus intereses y las costas del juicio. - El Decreto H y F 586/15 tiene como fundamento de la decisión adoptada, los dictámenes del AGAP, donde se recomienda desestimar la solicitud efectuada por Mario Alfredo Del Valle, por no cumplir todos los requisitos para que se acuerde el Retiro Voluntario Asegurado, ya que se encuentra en actividad en la Municipalidad desde el año 1997 y en consecuencia se encuentra en incompatibilidad con fundamento constitucional: el desempeño de una función o cargo remunerado o prestación contractual con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad en la administración pública nacional, provincial o municipal es incompatible, con la percepción de haberes del retiro solicitado.- Sumario: Ahora bien a fin de abordar la cuestión de fondo, vale tener presente que el actor, procura el reconocimiento del retiro voluntario asegurado, el que le ha sido denegado por la administración en razón de incompatibilidad constitucional sin mencionar qué norma, prevé tal impedimento.- Como lo señala el Sr. Procurador en su dictamen, de la primera parte del precepto surge una incompatibilidad para ejercer más de un cargo en la Administración, sea aquella Nacional, Provincial o Municipal, con excepción de la docencia y siempre que no exista superposición horaria. En la segunda parte, la norma prevé expresamente, la incompatibilidad para percibir haberes previsionales y un sueldo por cargo en la administración provincial. El Sr. Mario Alfredo Del Valle reviste un cargo en la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca y es lo que le impide la percepción del retiro voluntario asegurado. La aludida incompatibilidad surge indubitable de la norma constitucional y, acertada su mención en los dictámenes provenientes de los organismos de intervención obligatoria en el proceso de formación del acto administrativo, los cuales invocados en el Decreto impugnado, integran su motivación. En esa inteligencia, en esta instancia revisora, no se observan en el acto impugnado los vicios atribuidos dado que, el Decreto ha sido dictado dentro del marco legal vigente y aplicable.- (Voto del Dr. Cippitelli)

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • DEL VALLE, Mario Alfredo c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa • 14-11-2019
    Hechos: Mario Alfredo Del Valle, promueve acción Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción en contra del Estado Provincial a efectos de que se modifique lo dispuesto por Decreto H y F Nº 586/15 de fecha 06 de mayo de 2015, y se ordene su incorporación al Régimen de Retiro Voluntario Asegurado para Ex Empleados del Ex Banco de Catamarca y el pago del mismo desde la fecha de solicitud, . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 37/19