CORTE DE JUSTICIA • DEPETRIS, Eduardo Alfonso c. DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN GENERAL s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 29-10-2019

VocesACCIÓN DE AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN. RESPUESTA DE LA ADMINISTRACION. CUESTION ABSTRACTA"
TextoHechos: Eduardo Alfonso Depetris, inicia Acción de Amparo por Mora en contra de la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, solicitando se expida sobre el Expte Nº PC 00505-D-17 (fs 6), iniciado mediante denuncia de fecha 24/01/2017, habiendo solicitado Pronto Despacho el 12 de abril de 2018 y el 30 de agosto de 2018 respectivamente (fs. 4 y 5). Aduce que la Administración no ha respondido a su reclamo hasta el momento de interponer la presente demanda. – Sumario: La respuesta de la Dirección de Inspección General, informa que ya se ha dado cumplimiento con la medida solicitada. Adjunta informe firmado por la Directora; aclara que no tiene el titular del inmueble habilitación alguna para realizar eventos. Agrega copia de la Disposición DIG Nº 311-19, en la cual notifican al titular del salón, Jorge Miguel Larcher, que debe abstenerse de realizar, en el local ubicado en calle Nicolas Cuello s/n, SFV de Catamarca, cualquier tipo de actividad detallada en el Art. 1 de la Ordenanza Municipal Nº 2510/95 Código de Espectáculos Públicos por no contar con la habilitación requerida . De allí se desprende que el reclamo ha sido respondido, por ello la cuestión traída a debate deviene abstracta.- (Voto de la Dra. Sesto de Leiva)

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • DEPETRIS, Eduardo Alfonso c. DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN GENERAL s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 29-10-2019
    Hechos: Eduardo Alfonso Depetris, inicia Acción de Amparo por Mora en contra de la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, solicitando se expida sobre el Expte Nº PC 00505-D-17 (fs 6), iniciado mediante denuncia de fecha 24/01/2017, habiendo solicitado Pronto Despacho el 12 de abril de 2018 y el 30 de agosto de 2018 respectivamente (fs. . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 33/19