CORTE DE JUSTICIA • Correa, Guillermo Andrés c. ---- s/ p.s.a. abuso sexual grav. ultrajante, etc. s/ rec. de casación • 26-03-2019

VocesDelitos contra la integridad sexual- Sentencia condenatoria- Recurso de casaciónImprocedencia de los agravios- Mera disconformidad con lo resuelto- Correcta valoración de los indicadores de la autoría del hecho- Testimonios válidos- CoincidenciImportancia de la Pericia Psicológica- Rechazo del recurso.
TextoHechos La Cámara en lo Criminal de Primera Nominación, por mayoría declaró a G A. C. autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, agravado por el vínculo en concurso ideal con corrupción de menores agravada por el vínculo de manera continuada, condenándolo a la pena de doce años de prisión. Con costas más accesorias de ley. Contra esta resolución, el asistente técnico del imputado interpone el presente recurso. Sumarios Delitos contra la integridad sexual- Sentencia condenatoria- Recurso de casaciónImprocedencia de los agravios- Mera disconformidad con lo resuelto- Correcta valoración de los indicadores de la autoría del hecho- Testimonios válidos- CoincidenciImportancia de la Pericia Psicológica- Rechazo del recurso. Sumarios. La pretensión del recurrente de que se anulen los actos procesales relacionados con la declaración de la menor víctima en Cámara Gesell y con la pericia psicológica que se le realizó carecen de fundamento, pues los argumentos que aquel expone para sustentar su reclamo constituyen una reedición de los expuestos al momento del debate y que fueron respondidos por los jueces que conformaron la mayoría, quienes con sólidos fundamentos destacaron que tanto la declaración testimonial brindada por la menor víctima en Cámara Gesell como la pericia psicológica se cumplieron con los requisitos establecidos por la ley de forma. Asimismo su crítica respecto a la credibilidad del testimonio de la denunciante no resulta de recibo en tanto luego de ser percibido por el tribunal en el debate, éste consideró que se mostraba como veraz y coincidente con todo el material probatorio incorporado a la causa. Tales apreciaciones de la defensa denotan tan sólo su disconformidad con lo resuelto y lo cierto es que carecen de la entidad que el impugnante les asigna y no bastan para desmoronar la convicción sobre la intervención del imputado en los hechos endilgados, construida sobre la valoración conjunta de los diversos indicadores de su autoría meritados en la sentencia y no desvirtuados en el recurso, sin que se aprecie que el Tribunal en su evaluación haya vulnerado las reglas de la sana crítica racional. (Del voto del Dr. Figueroa Vicario).

Sumarios

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    Hechos La Cámara en lo Criminal de Primera Nominación, por mayoría declaró a G A. C. autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, agravado por el vínculo en concurso ideal con corrupción de menores agravada por el vínculo de manera continuada, condenándolo a la pena de doce años de prisión. Con costas más accesorias . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Correa, Guillermo Andrés c. ---- s/ p.s.a. abuso sexual grav. ultrajante, etc. s/ rec. de casación • 26-03-2019
    La cuestión sobre la individualización de la pena impuesta por el Tribunal al imputado es en principio reservada al Tribunal de juicio, el que debe actuar con prudencia al momento de ejercer dicha facultad, y lo decidido sólo puede ser controlado en los casos en que exista arbitrariedad en la sentencia. En ese sentido se ha pronunciado éste Alto Tribunal en numerosas causas en las que tuvo . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 11/19