CORTE DE JUSTICIA • Bulacio, Gustavo Eduardo c. ----- s/ rec. de casación - p.s.a. amenazas calificadas por el uso de armas • 29-07-2019

VocesDelito de amenazas calificadas- Sentencia condenatoria- Recurso de casación- Calificación del delito- Uso de armas- Sistema de libertad probatoria- Insuficiencia de los agravios- Rechazo del recurso
TextoHechos El Juzgado Correccional de 1ª. Nominación, declaró culpable a G. E. B., como autor penalmente responsable del delito de amenazas calificadas por el uso de arma en contra de su hermano- víctima directa- y su cuñada, condenándolo a la pena de un año y ocho meses de prisión de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia el defensor del imputado interpone recurso de casación, expresando como agravio el hecho de que el resolutorio es arbitrario por defecto en la valoración de la prueba y por violación de las reglas de la sana crítica, del principio de inocencia, del principio de congruencia y del debido proceso legal. Sumarios El cuestionamiento del recurrente acerca la calificación jurídica del hecho atribuido al imputado al sostener que la agravante no corresponde porque el arma nunca fue habida, debe desecharse, pues para determinar la calificación de la amenaza por el uso de arma de fuego, al igual que para el resto de los extremos fácticos, rige el sistema de la libertad probatoria y no es una exigencia ineludible el secuestro del arma, bastando para ello la veracidad atribuida a las declaraciones coincidentes de quienes presenciaron el hecho y resultaron víctimas del mismo, en consecuencia corresponde aplicarla ya que el uso del arma surge de los dichos de la denunciante, de las expresiones de los testigos y de las manifestaciones del propio acusado que les decía que los mataría, que fueron escuchadas por los testigos. (Del voto del Dr. Cáceres) La sola invocación de la vulneración de los principios constitucionales es insuficiente para demostrar el desacierto de los fundamentos en los que se sustenta el fallo, y lo cierto es que en el caso el recurrente en su expresión de agravios se limitó a transcribir doctrina y jurisprudencia, pero no efectúa consideración alguna en relación al fallo que ataca, todo lo cual torna improcedente este agravio. (Del voto del Dr. Cáceres). La errónea y arbitraria valoración probatoria que aduce el impugnante no conmueve la resolución puesta en crisis toda vez que no desarrolla cuáles son las pruebas concretas que estima erróneamente ponderadas por el tribunal de juicio, como tampoco explica en qué consiste la arbitrariedad que denuncia, limitando su exposición a sostener argumentos de manera genérica que no demuestran el vicio invocado. (Del voto del Dr. Cáceres).

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • Bulacio, Gustavo Eduardo c. ----- s/ rec. de casación - p.s.a. amenazas calificadas por el uso de armas • 29-07-2019
    Hechos El Juzgado Correccional de 1ª. Nominación, declaró culpable a G. E. B., como autor penalmente responsable del delito de amenazas calificadas por el uso de arma en contra de su hermano- víctima directa- y su cuñada, condenándolo a la pena de un año y ocho meses de prisión de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia el defensor del imputado interpone recurso de casación, expresando . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 28/19