Texto | La demandada interpone recurso de casación en contra de la
Sentencia Definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones de Primera Nominación,
que confirma el decisorio del juez de grado que hace lugar a la acción de
reivindicación y rechaza el pedido de lucro cesante, daño emergente y daño moral.
El recurrente asienta el recurso en las causales de errónea aplicación e
interpretación de la ley y arbitrariedad; sostiene que se equivoca el fallo al
encuadrar el caso en el supuesto del inc. c) del art. 2256 del C.C. cuando debió ser
el inc. b); que una prueba acabada de ello lo constituye el boleto de compraventa de
fecha febrero de 1.999 demostrativo de su posesión anterior, de allí corresponde el
inc. b) por ser el título del reivindicante posterior a la posesión de su parte
demandada; por lo que considera que el título acompañado resulta insuficiente a los
fines de la reivindicación conforme el inc. b) del art. 2256.-
En primer término el memorial de agravios no contiene el
relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes de la causa, pues ha
omitido puntualizar los fundamentos centrales del fallo que pretende impugnar,
habiendo desarrollado sólo algunos de ellos en el capítulo correspondiente a la
crítica del fallo de manera confusa, por lo que fue necesario acudir a la lectura de
los autos principales, de los que se desprende la falta de cumplimiento del requisito
formal que el memorial de agravios se baste a sí mismo. -……; es evidente que a lo
largo del memorial el recurrente se limita a sostener los fundamentos vertidos en
otras instancias sin hacerse cargo de las motivaciones de la sentencia. Por otro lado
tampoco expresa claramente en que consiste el error en la aplicación o
interpretación del derecho quedando sin virtualidad las impugnaciones, el recurrente
no ha brindado una explicación razonada del error que se imputa al tribunal a quo,
efectuando consideraciones que no se confrontan debidamente con el precepto
supuestamente mal aplicado y la circunstancias de la causa, por lo que el recurso es
claramente inadmisible ya que no logra satisfacer el requisito de fundamentación
autónoma, pues la crítica se agota en la sola denuncia del error en la aplicación de la
norma sin una clara demostración de la existencia de tal extremo que haga viable el
recurso de casación intentando.-Se concluyó que el recurso es formalmente
inadmisible por falta de fundamentación autónoma con costas a la recurrente |