Texto | Para la viabilidad del recurso se exigen requisitos formales y que el tema propuesto a revisión se encuentre dentro de la órbita propia del recurso extraordinario de casación.- Es reiterada la doctrina de este Tribunal que el memorial de agravios debe bastarse a sí mismo, y estar debidamente fundado, rebatiéndose adecuadamente los argumentos sobre los que asienta el fallo puntualizándose concretamente la causal de arbitrariedad en que habría incurrido el A quo; en caso de la errónea aplicación del derecho la mención de la norma supuestamente violada y su incidencia claramente establecida en la decisión final.En el memorial no se ha efectuado el relato completo de los antecedentes de la causa ya que se ha omitido por completo los fundamentos de la Sentencia de Cámara, habiéndose limitado a puntualizar su parte resolutiva, sin expresar los argumentos que condujeron a dicho resultado Es reiterada la doctrina de este Tribunal en el sentido que el recurso extraordinario de casación, dado el carácter autónomo que posee, su sola lectura debe resultar suficiente para el conocimiento cabal de las actuaciones labradas en la causa, La fundamentación del recurso exige que el recurrente exprese con claridad cuál es la vinculación de los agravios con tales fundamentos en que sustenta la decisión que se impugna, siendo que en el presente caso los agravios no guardan la debida relación con el decisorio. No obstante lo manifestado ser motivo suficiente para el rechazo del recurso por inadmisibilidad formal, cabe señalar en cuanto a los agravios del recurrente, que la apreciación de la prueba es, en principio, irrevisable en casación salvo circunstancias extremas reñidas con el sentido lógico en su apreciación. Es doctrina de éste Tribunal sentada en numerosos antecedentes jurisprudenciales que la selección y valoración de prueba es facultad privativa de los jueces de grado, constituyendo materia ajena al recurso de casación, salvo el supuesto que haya mediado absurdo. Conforme a lo precedentemente expuesto, al no reunir los recaudos formales que hacen a la viabilidad formal del recurso intentando, el mismo deviene formalmente inadmisible.- |