CORTE DE JUSTICIA • TORRES, Adriana Graciela c. SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTIÓN PÚBLICA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 28-09-2018

VocesAcción de Amparo por Mora en contra de la Subsecretaria de Recursos Humanos. Amparista, víctima de accidente de trabajo, reclama el pago de intereses en relación a la suma ya abonada por el Estado con carácter indemnizatorio.-La agente presenta reclamo administrativo ante la Subsecretaria de Recursos Humanos y posterior Pronto Despacho, sin que la Administración se haya expedido. Trámite de catorce meses sin dar respuesta positiva o negativa a la petición de la ocurrente. Corresponde declarar la mora objetiva de la Administración una vez transcurrido un plazo razonable, que habilita esta acción. Con costas a la demandada art.13 de la Ley 4795.-
TextoAcción de Amparo por Mora en contra de la Subsecretaria de Recursos Humanos. Amparista, víctima de accidente de trabajo, reclama el pago de intereses en relación a la suma ya abonada por el Estado con carácter indemnizatorio.-La agente presenta reclamo administrativo ante la Subsecretaria de Recursos Humanos y posterior Pronto Despacho, sin que la Administración se haya expedido. Trámite de catorce meses sin dar respuesta positiva o negativa a la petición de la ocurrente. Corresponde declarar la mora objetiva de la Administración una vez transcurrido un plazo razonable, que habilita esta acción. Con costas a la demandada art.13 de la Ley 4795.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • TORRES, Adriana Graciela c. SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTIÓN PÚBLICA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 28-09-2018
    Acción de Amparo por Mora en contra de la Subsecretaria de Recursos Humanos. Amparista, víctima de accidente de trabajo, reclama el pago de intereses en relación a la suma ya abonada por el Estado con carácter indemnizatorio.-La agente presenta reclamo administrativo ante la Subsecretaria de Recursos Humanos y posterior Pronto Despacho, sin que la Administración se haya expedido. Trámite de catorce . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 32/18