CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Luis Alberto del Valle c. - s/ Rec. de casación c/ Auto Interl. nº 216/17 de expte. nº 252/17 s/ Libertad condicional” • 20-03-2018
Voces | Hechos: |
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Texto | El hecho que para el Tribunal quedó acreditado se produjo en día 06 de Junio de 2011, cuando el imputado ante la ausencia de su conviviente, en la vivienda que ocupa con ésta y sus hijos, procedió a efectuar tocamientos impúdicos de connotación sexual en el cuerpo de la menor N. del V. S, de cinco años de edad. La Sala Unipersonal de la Cámara Criminal de 3ª. Nominación lo declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple doblemente calificado por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente, imponiéndole la pena de tres años y seis meses de cumplimiento efectivo, con más accesorias de ley y costas Contra esta Sentencia, el asistente técnico del imputado Sosa, interpone el presente recurso, centrando sus agravios en los motivos previstos en los incisos 2º, 3º y 4º del art. 454 CPP, esto es, en la inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la apreciación de las pruebas, en la inobservancia o errónea aplicación de las normas previstas para la individualización de la pena y en la inobservancia de las normas que la ley adjetiva establece bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad y solicita la se declare la nulidad del fallo y la absolución de su defendido. |
Sumarios
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El hecho que para el Tribunal quedó acreditado se produjo en día 06 de Junio de 2011, cuando el imputado ante la ausencia de su conviviente, en la vivienda que ocupa con ésta y sus hijos, procedió a efectuar tocamientos impúdicos de connotación sexual en el cuerpo de la menor N. del V. S, de cinco años de edad. La Sala Unipersonal de la Cámara Criminal de 3ª. Nominación lo declaró culpable . . . - CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Luis Alberto del Valle c. - s/ Rec. de casación c/ Auto Interl. nº 216/17 de expte. nº 252/17 s/ Libertad condicional” • 20-03-2018
Del voto del Dr. Cippitelli. La nulidad de la sentencia que pretende el recurrente, por considerar que el tribunal ha vulnerado el principio de congruencia y su derecho de defensa, al haberse modificado en la resolución la fecha de comisión del hecho contenido en la acusación, pues desde el inicio de la causa en su contra, el decreto de determinación del hecho fija como fecha el 22 de mayo de . . . - CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Luis Alberto del Valle c. - s/ Rec. de casación c/ Auto Interl. nº 216/17 de expte. nº 252/17 s/ Libertad condicional” • 20-03-2018
Del voto del Dr. Cippitelli. El grado de convencimiento exigido a los juzgadores según la etapa del proceso de que se trate puede obtenerse a partir de indicios, y en tal sentido esta Corte tiene dicho que no hay óbice para fundar una condena en prueba indirecta, en la medida en que los indicios meritados sean unívocos y no anfibológicos y, a su vez, sean valorados en conjunto y no en forma . . . - CORTE DE JUSTICIA • Sosa, Luis Alberto del Valle c. - s/ Rec. de casación c/ Auto Interl. nº 216/17 de expte. nº 252/17 s/ Libertad condicional” • 20-03-2018
Del voto del Dr. Cippitelli. No se advierte que la fundamentación brindada por el tribunal al momento de individualizar la pena impuesta al acusado adolezca de los vicios de los que se agravia el recurrente, pues la potestad discrecional del tribunal para determinar la pena incluye la facultad de seleccionar, entre todas las circunstancias del caso, aquellas que se entienden jurídicamente más . . .
Votos
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Materias
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Normativas
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