CORTE DE JUSTICIA • IBAÑEZ, Omar Horacio y Otros c. BIEZA, Víctor Federico y MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO s/ Daños y Perjuicios -s/ RECURSO DE CASACIÓN” • 17-05-2018

Voces1) APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO-SANCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN –INAPLICABILIDAD AL CASO DE AUTOS- APLICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL VELEZIANO-
TextoConforme lo dispuesto por el art. 7 del CCyCN el caso de autos ha quedado constituido, con sus consecuencias devengadas, conforme a la ley anterior, por ende corresponde analizar la cuestión a la luz del código veleziano, así como la doctrina y jurisprudencia a ella aplicable. En igual sentido se ha pronunciado con fecha 09/10/98, en autos “Natilla, Víctor H. en: Banco de Catamarca, quiebra”, al analizar, oportunamente, el art. 3 del ordenamiento veleziano, equiparable, al art. 7 de la legislación actual. (Del voto del Dr. Cáceres).

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 04/18