Texto | Comparece la parte actora, por intermedio de patrocinante, incoando recurso de reposición en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº57/11, punto 2 de la parte resolutiva, que decide rechazar la medida cautelar peticionada.
Argumenta que el decisorio se basa en circunstancias fácticas ajenas a la realidad, puesto que se impugna el Decreto Nº1814/10 que rechaza un recurso jerárquico que tramitaba un planteo de calificación para ascensos y no una situación de retiro.
De allí, que cobra singular relevancia las invocaciones fundantes de la tutela requerida.
En efecto, al justificar los requisitos y en la prueba adjuntada, se invoca y acredita claramente que se está tramitando el haber de retiro; que según la parte le genera consecuencias patrimoniales y morales.
Por otro lado, se solicita la suspensión de cualquier medida a adoptar por la demandada, sin indicación concreta referida a un acto en particular, exigencia imprescindible para ordenar la medida cautelar. Defecto legal que el Tribunal no puede subsanar ex oficio, ni deducirlo de la defectuosa petición del accionante, que pretende remediar al articular el recurso de reposición.
Por ello, y siguiendo la pacífica jurisprudencia del Tribunal en materia de concesión de medidas cautelares en el proceso contencioso administrativo, corresponde se rechace el recurso de reposición interpuesto. Sin costas ante la ausencia de contradictor.
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