CORTE DE JUSTICIA • Cabrera, Claudio Javier c. - s/ RECURSO DE CASACIÓN • 25-10-2017
Voces | Robo Agravado- Sentencia condenatoria- Pena de prisión de cumplimiento efectivo- Recurso de Casación- Admisibilidad Formal- Errónea calificación legal- Agravio extemporáneo- Teoría de los actos propios: Aplicación- Agravante fundada- Rechazo del agravio |
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Texto | En cuanto al cuestionamiento que el ocurrente realiza referido al agravante impuesto al delito de robo, el mismo resulta a todas luces extemporáneo, en tanto la defensa, al momento de los alegatos en el juicio oral, conoció la calificación jurídica solicitada por el titular de la acción penal, y omitió alegar respecto de la supuesta errónea calificación legal. En efecto, de las constancias obrantes en el Acta de Debate surge que la defensa soslayó poner a consideración del Tribunal de juicio la calificación jurídica que consideraba pertinente aplicar al caso, de modo que no tuvo oportunidad de expedirse, en razón de que tales objeciones no fueron introducidas por la defensa en el debate oral y público, intentando recién en esta instancia -tras el resultado adverso a su pretensión: la absolución- traer a estudio una cuestión que debió haber fundado y previsto oportunamente. En tal sentido, cabe recordar, la denominada teoría de los actos propios, en cuanto ésta plasma la máxima venire contra factum propium non valet, fórmula que conforme a su recepción en la fórmula acuñada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A más de ello el tribunal a quo dio motivos y razones por las cuales consideraba que correspondía hacer lugar a la agravante solicitada por el Ministerio Público Fiscal, al explicar que el espíritu de la norma tenido en cuenta por el legislador para considerar el agravante hacia el mayor, es que la intervención del menor tenga por finalidad descargar responsabilidad del ilícito en él, conforme lo ocurrido en la presente causa. Circunstancias éstas que no han sido discutidas, ni oportuna ni fundadamente por la defensa, lo cual impone el rechazo del presente agravio. (Del voto de la Dra. Molina). |
Sumarios
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Corresponde no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el asistente técnico del imputado, en contra de la Sentencia dictada por la Cámara en lo Criminal de Tercera Nominación, que resolvió declararlo culpable como coautor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por la participación de un menor; y como autor penalmente responsable del delito de robo, todo ello en concurso . . . - CORTE DE JUSTICIA • Cabrera, Claudio Javier c. - s/ RECURSO DE CASACIÓN • 25-10-2017
Sin perjuicio de que la condena es impugnada por estar basada sólo en indicios, lo relevante es que el recurrente no logra demostrar el error que predica del mérito efectuado sobre el conjunto de indicios convergentes invocados en la sentencia como indicativos de su autoría en el hecho nominado primero, pues es sabido que el grado de convencimiento exigido a los juzgadores según la etapa del proceso . . . - CORTE DE JUSTICIA • Cabrera, Claudio Javier c. - s/ RECURSO DE CASACIÓN • 25-10-2017
En lo referente al delito de robo que se le imputa, se observa que el impugnante reedita en esta instancia idénticas manifestaciones a las vertidas por la defensa al momento de alegar; cuestionamientos que han recibido respuesta concreta por parte de la jurisdicción, no evidenciando el planteo que esgrime, novedosos argumentos tendientes a descalificar o controvertir los fundamentos del fallo, por . . . - CORTE DE JUSTICIA • Cabrera, Claudio Javier c. - s/ RECURSO DE CASACIÓN • 25-10-2017
En cuanto al cuestionamiento que el ocurrente realiza referido al agravante impuesto al delito de robo, el mismo resulta a todas luces extemporáneo, en tanto la defensa, al momento de los alegatos en el juicio oral, conoció la calificación jurídica solicitada por el titular de la acción penal, y omitió alegar respecto de la supuesta errónea calificación legal. En efecto, de las constancias . . . - CORTE DE JUSTICIA • Cabrera, Claudio Javier c. - s/ RECURSO DE CASACIÓN • 25-10-2017
El argumento del recurrente sobre que el Tribunal de Juicio se extralimitó al declarar reincidente a Cabrera sin que el Ministerio Público Fiscal lo haya peticionando al formular los alegatos afectando de tal modo su derecho de defensa por la sorpresa que implica una determinación de la pena de la que no pudo defenderse, no puede ser receptado, porque sin desconocer lo controversial del tema, . . .
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